REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 30 abril de 2003
192° y 144°

Visto el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado FREDDY ANTONIO LOZADA inscrito en eI Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 38.870, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ROSA FRANCIA GUEDEZ, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, este Juzgado observa que:
En el caso de autos, la causa se ha encontrado paralizada desde el día veintiuno (21) de octubre de mil novecientos noventa y siete (1997), fecha de la ultima actuación procesal, donde la secretaria del extinto Tribunal de la Carrera Administrativa deja constancia que no se realiza la certificación por cuanto no han consignadas las copias simples por la parte interesada hasta el catorce (14) de mayo del dos mil uno (2001) fecha en la cual la representante del Ministerio Público ha constatado, no se ha realizado actuaciones capaces de activar y llevar adelante la causa, es decir no le ha dado el impulso necesario y suficiente, transcurrido de esta forma un lapso superior a un año sin que las partes comparecieran ni por si, ni por medio de apoderado judicial a instar la causa. En consecuencia este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la. Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por la ciudadana Rosa Francia Guedez, titular de Ia cedula de identidad N° 3.819.031, contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, líbrese boleta y oficio.-

El Juez Temporal



EDWIN ROMERO
EL SECRETARIO


MAURICE EUSTACHE