REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 28 de febrero de 2003
192° y 144°

Visto el Recuro Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano ALFONSO ORTIZ GARCÍA, debidamente asistido por el Abogado CARLOS EDUARDO LANDAZABAL ANGELI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 58.383, contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) del Ministerio de Haciendo (hoy Ministerio de Finanzas), y vista la diligencia de fecha veintisiete (27) de febrero del año dos mil tres (2003), suscrita por la abogada Sol Inés Salazar C., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 59.982, actuando en su carácter de sustituta de la Procuradora General de la República, donde solicita sea declarada la perención de la Instancia, este Juzgado observa:
En el presente caso, la causa se ha encontrado paralizada desde el día doce (12) de junio de mil novecientos noventa y siete (1997), fecha de la ultima actuación procesal, en la cual el extinto Tribunal de la Carrera Administrativa ordenó agregar el expediente administrativo a los autos, transcurriendo de esta forma un lapso superior a un año, sin que las partes comparecieran ni por sí, ni por medio de apoderado judicial a instar la causa.
En consecuencia este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por el ciudadano ALFONSO ORTIZ GARCIA, titular de la cédula de identidad N° 7.445.946, contra República Bolivariana de Venezuela por órgano del MINISTERIO DE FlNANZAS- SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA y TRIBUTARlA. Notifíquese a las partes. Líbrense boleta y Oficio.-
El Juez Temporal

EDWIN ROMERO


EL SECRETARIO




MAURICE EUSTACHE
Exp. N° 15.383

En esta misma fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil tres (2003), siendo las once y cincuenta y seis (11:56 AM), se registró publicó y la anterior sentencia, bajo el N° 097-2003.

EL SECRETARIO




MAURICE EUSTACHE

Exp. N° 15.383