REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 28 de febrero de 2003
192° y 144°


Visto el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el abogado Rubén Emilio Sáez Zerpa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.316, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ILDEFONSA GUTIERREZ DE CHUNG, titular de la cédula de identidad N° 3.295.056, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del MINISTERIO DE EDUCACIÓN (hoy Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), este Juzgado observa que:
En el caso de autos, la causa se ha encontrado paralizada desde el día diecisiete (17) de noviembre de mil novecientos noventa y ocho (1998), fecha de la última actuación del Tribunal de la Carrera Administrativa, en la cual se ordena la habilitación del tiempo necesario para la contestación de la querella, transcurriendo de esta forma un lapso superior a un año, sin que las partes comparecieran ni por sí ni por medio de apoderado judicial a instar la causa. En consecuencia, este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por la ciudadana ILDEFONSA GUTIERREZ DE CHUNG, titular de la cédula de identidad N° 3.295.056 contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del MINISTERIO DE EDUCACIÓN (hoy Ministerio de Educación, Cultura y Deporte).Notifíquese a las partes, líbrese boletas y oficio.

El Juez Temporal,

EDWIN ROMERO
El Secretario,

MAURICE EUSTACHE
Exp. N° 16.820
ER/jjd

En esta misma fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil tres (2003), siendo las once y cuarenta y dos (11:42 AM), se publicó y registró la anterior sentencia, bajo el N° 090-2003.

El Secretario,


MAURICE EUSTACHE
Exp. N° 16.820
ER/jjd