REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 28 de febrero de 2003
192° y 144°
Vista la diligencia de fecha 22 de enero de 2003, suscrita por el ciudadano GARY JOSEPH COA LEÓN, actuando en su carácter de sustituto de la Procuraduría General de la República, donde solicita la perención de la instancia en la querella interpuesta por el ciudadano CLEMENTE RAMÓN ROJAS FUENTES, titular de la cédula de identidad Nº 1.633.961, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA –SENIAT- del MINISTERIO DE HACIENDA (hoy MINSTERIO DE FINANZAS), este Juzgado observa que:
En el caso de autos, la causa se ha encontrado paralizada desde el día dos (02) de octubre de mil novecientos noventa y ocho (1998), fecha de la última actuación procesal del Tribunal de la Carrera Administrativa, en la cual se ordena la notificación a la Procuraduría General de la República de la continuación del juicio, transcurriendo de esta forma un lapso superior a un año, sin que las partes comparecieran ni por sí ni por medio de apoderado judicial a instar la causa. En consecuencia, este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por el ciudadano CLEMENTE RAMÓN ROJAS FUENTES, titular de la cédula de identidad N° 1.633.961, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria –SENIAT- del MINISTERIO DE FINANZAS.
Notifíquese a las partes, líbrese boleta y oficio.
El Juez Temporal,
El Secretario,
EDWIN ROMERO
MAURICE EUSTACHE
Exp. N° 16.963
ER/jjd
En esta misma fecha, veintiocho (28) de febrero de dos mil tres (2003), siendo las once y treinta y ocho (11:38 AM), se registró y publicó la anterior decisión, bajo el N° 088-2003.
El Secretario,
MAURICE EUSTACHE
Exp. N° 16.963
ER/jjd
El Secretario,
MAURICE EUSTACHE
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