REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 28 de febrero de 2003
192° y 144°
Visto el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el abogado Fabián Chacón López, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 11.645, actuando en su, carácter de apoderado judicial del ciudadano VIRGINIA ANGOLA, titular de la cédula de identidad N° 5.639.877 , contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del MINISTERIO DEL TRABAJO, este Juzgado observa que:
En el caso de autos, la causa se ha encontrado paralizada desde el día trece (13) de diciembre de mil novecientos noventa y nueve (1999), fecha de la última actuación procesal de las partes, en el cual el Juzgado de Sustanciación del extinto Tribunal de la Carrera Administrativa admite las pruebas, transcurriendo de esta forma un lapso superior a un año, sin que las partes comparecieran ni por sí ni por medio de apoderado judicial a instar la causa. En consecuencia, este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Cate Suprema de Justicia y, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por la ciudadana Virginia Angola, titular de la cédula de identidad N° 5.639.877, contra la República Bolivariana de Venezuela (MINISTERIO DEL TRABAJO). Notifíquese. a las partes, líbrese boleta y oficio.
El Juez Temporal
EDWIN ROMERO
EL SECRETARIO
MAURICE EUSTACHE
Exp. N° 17.539
ER/jjd
En esta misma fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil tres (2003), siendo las (11:52 AM), se registró publicó y la anterior sentencia, bajo el N° 095-2003.
EL SECRETARIO
MAURICE EUSTACHE
Exp. N° 17.539
|