REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 28 de febrero de 2003
192° y 144°
Visto el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los abogados JOSE PADRINO, INGRID PADRINO, LUIS ARNALDO Y MANUEL ACEVEDO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 30.513, 77.328, 954 y 56.178 en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano IVAN JOSE TORREALBA GARCIA , titular de la Cédula de Identidad N° 4.565.825, contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria –SENIAT- del MINISTERIO DE FINANZAS y, vista la diligencia realizada por la Abogada Sol Inés Salazar, titular de la cédula de identidad N° 9.908.812, INPREABOGADO N° 59.982, en fecha dieciocho (18) de febrero de dos mil tres (2003), actuando en su carácter de Sustituta de la Procuradora General de la República, en la presente querella, donde solicita el abocamiento a la causa y que sea declarada la Perención y Extinción de la Instancia, este Juzgado observa que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, la instancia se extingue de pleno derecho en las causas que hayan estado paralizadas por más de un año, término que comenzará a contarse a partir de la fecha en que se haya efectuado el último acto de procedimiento.
En el caso bajo análisis se evidencia que la causa se ha encontrada paralizada desde el día 26 de octubre de 2001, fecha en que el Juzgado de Sustanciación del Tribunal de la Carrera Administrativa acuerda la admisión del recurso previa consignación de copias simples del libelo de demanda, transcurriendo de esta forma un lapso superior al establecido en los artículos antes mencionados, sin que las partes comparecieran ni por sí ni por medio de apoderado judicial a instar la causa. En consecuencia, este Juzgado declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por el ciudadano IVAN JOSE TORREALBA GARCIA , titular de la cédula de identidad N° 4.565.825 , contra la Republica Bolivariana de Venezuela por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria –SENIAT- del MINISTERIO DE FINANZAS. Notifíquese a las partes y líbrense boletas y oficio.
El Juez Temporal,
EDWIN ROMERO
El Secretario,
MAURICE EUSTACHE
Expediente N°: 20118/agg
En esta misma fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil tres (2003), siendo las once y treinta y seis (11:36 AM), se publicó y registró la anterior decisión bajo el Nº 087-2003.
El Secretario,
MAURICE EUSTACHE
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