REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 02
Guanare, 02 de noviembre de 2004
194° y 145°
Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos HILMER RAFAEL COLMENARES ORELLANA y ESNEDY DEL CARMEN HIDALGO GUDIÑO, por ante la defensoría del Niño y Adolescente y ratificada en esta misma fecha por ante la sala de este Tribunal, sobre el establecimiento de Régimen De Visitas del ciudadano HILMER RAFAEL COLMENARES ORELLANA en beneficio de su hijo el niño Brayan Eliézer Colmenares Hidalgo, donde el padre visitará al niño cada vez que su trabajo se lo permitap y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
El Juez,
Abog. Oscar Mahín Mejías Ramos.
La Secretaria Temporal,
Abog. Adelina Miranda Lozano.
Exp. Civil N°4660
Carolina E.