Vista la solicitud interpuesta por la Fiscal Quinta (S) del Ministerio Público Abogada OLEIDA FREITEZ DE MORENO, mediante la cual solicitan de este Tribunal sea decretado el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, la cual se le sigue al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, en virtud de que el mencionado Adolescente ha cumplido en el lapso establecido con las Obligaciones Impuestas en Audiencia de Conciliación de fecha 01-10-2.001.

Este Tribunal para decidir Observa:

Que en fecha 13-05-2.003, fue homologado por este Tribunal de Control Nº 02, a cargo de la Juez Provisorio Ab. MASHIADYS ROJAS JAIME, Acuerdo Conciliatorio en la presente causa imponiéndose al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA las siguientes Obligaciones:

1.- Continuar sus estudios, hasta culminar su Bachillerato en niveles Excelencia.

2.- No conducir vehículo Automotor, hasta no cumplir la mayoría de edad.

3.- Someterse a la Supervisión del Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Tribunal obligaciones que deberá cumplirlas por el lapso de un (01) año.

Dicho Acuerdo Conciliatorio fue cumplido en su totalidad por el mencionado Adolescente tal como consta de:

- Constancia de Estudios de fecha 29-11-2.004, emanada de la UNIVERSIDAD YACAMBU


- Comunicación emanada del Equipo Técnico Multidisciplinario, adscrito a este Tribunal de fecha 15-11-2.004, mediante el informan a este tribunal que el adolescenteIDENTIDAD OMITIDA, asiste puntualmente a sus citas

Ahora bien, constatado como ha sido el cumplimiento, por parte del mencionado Adolescente de las Obligaciones impuesta y visto lo solicitado por la Representación Fiscal, es por que este Tribunal de Control N° 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente , Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, en beneficio del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión.