REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
 
Caracas, cinco de febrero de dos mil siete
 
196º y 147º
 
 
ASUNTO : AP21-L-2005-004076
 
 
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, contentivo de la demanda por prestaciones sociales incoada por el ciudadano Wilmer López, titular de la cédula de identidad Nro. 16.704.566 contra la Sociedad Mercantil K.M.C. PROYECTOS, se observa que desde que se recibió libelo de demanda en fecha 30 de Noviembre de 2005, hasta la presente fecha no ha habido actuación de las partes.    
 
Realizado el cómputo de los días transcurridos desde la fecha indicada hasta la presente fecha, se obtiene como resultada  un lapso mayor a un (1) año, sin que haya actuación alguna de las partes.
 
Ello trae como consecuencia, la extinción de la instancia de pleno derecho, de conformidad con el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,  por lo que este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley,  declara la perención en el presente juicio. 
 
La Jueza
 
La Secretaria
 
Abog. Olga Romero                    
 
                                                            Abog. Ibraisa plasencia Rendón 
 
 
 
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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