REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 21 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2003-000056
ASUNTO : PP11-S-2003-000056
RESOLUCIÓN JUDICIAL
Vista en audiencia oral, el escrito interpuesto por la Defensa Pública Abg. FANNY COLMENARES GARCIA, del ciudadano RAFAEL ARCANGEL RODRIGUEZ, quien ratificó el escrito presentado ante el Tribunal, en fecha 29/06/05, mediante el cual solicitó de conformidad con el artículo 313 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerde al Presentante Fiscal un Laso Prudencial a los fines presentes el respectivo Acto Conclusivo, igualmente señaló que en la Audiencia de Presentación solo se admitió el delito de Aprovechamiento de cosas Provenientes del delito. El Fiscal Tercero del Ministerio Público Abg. GUSTAVO ALBERTO SANCHEZ, quien señaló no tener ninguna objeción con la solicitud hecha por la Defensa. oída la solicitud de la Defensa actuando como Juez en Función de Control, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda al Fiscal del Ministerio Público un lapso Prudencial no mayor de 30 días a partir de la presente fecha a los efecto presente el respectivo Acto conclusivo de conformidad con el artículo 313 del código orgánico procesal penal.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 1.
ABG. ANA DILIA GIL.
LA SECRETARIA
Abg. SOL DEL VALLE RAMOS.