REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 4 de Julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2003-000264
ASUNTO : PP11-P-2003-000264

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria publicada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° IV de este Circuito Judicial, en fecha 02-06-2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano ANTHONY JOSÉ OSTA CURIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.843.094, residenciado en Barrio Altamira, avenida 1, con calle 15 y 16, Acarigua, Estado Portuguesa, de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Venezolano Vigente para el momento de la comisión del hecho y Uso de Adolescente para Delinquir, previsto y sancionado en el articulo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, cometido en perjuicio de los ciudadanos ZULEIKA DILARIZ CORDOVA PÉREZ y NICOLAS AMADO D’ANELIO NARVAEZ; este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano ANTHONY JOSÉ OSTA CURIEL, ya identificado.

Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano ANTHONY JOSÉ OSTA CURIEL y a su defensor.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Librese lo conducente.
La Juez de Ejecución


Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario

Abg. Pedro Romero García.
RRDB/Adolkis