REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.- Araure, 26 de Julio de 2005. -
195º y 146º
Me avoco al conocimiento de la presente causa, en virtud de haber sido designada Juez Temporal, de este Tribunal, en fecha 28-10-03, según Oficio N° TPE-03- 2186, de fecha 30-10-03, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. Revisadas exhaustivamente las actas procesales se evidencia que en fecha 06-03-2003, la demandada pagó la totalidad de la deuda demandada, y que la parte actora manifestó estar conforme; en consecuencia de lo cual se considera inoficiosa la notificación de las partes del avocamiento de esta Juzgadora; se homologa el convenio suscrito el 06-03-2003, y se da por terminado el juicio; ordenándose el archivo del expediente y su remisión a la Dirección de Archivo Judicial Regional, con sede en la ciudad de Acarigua.
La Juez,
Abg. ANGELA M. SOSA RUIZ
La Secretaria Temporal,
Abg. MARÍA C. ALONSO
Exp. N° 3344-03.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Araure, 20 de julio de 2005
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la Ciudadana MARLENE COROMOTO CADENAS PERDOMO Y/O SUS APODERADOS JUDICIALES, Abogados FRANCISCO JAVIER UNDA RODRÍGUEZ y MIGUEL EDUARDO UZCATEGUI, que en fecha 20-07-05 me avoque al conocimiento de la causa signada con el N° 1868-99.- Demandante: MARLENE COROMOTO CADENAS PERDOMO. Demandado: JAIME ALAIN OSPINA. Motivo: RECLAMACION DE DAÑOS MATERIALES. Señalándosele a las partes, que una vez que conste en autos la última notificación se le concede un lapso de Diez (10) más Tres (03) días de Despacho, para que ejerzan los recursos legales de conformidad con los Artículos 14 y 90 del Código de Procedimiento Civil, vencido dicho lapso, la causa continuará su curso legal.
Firmara al pie de la presente boleta en constancia de haber sido Notificado.
La Juez,
Abg. ANGELA M. SOSA RUIZ
El Notificado,
Notificado hoy: ________ de ________de 2005, a las: __________________. En_______________________________________________________________
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Araure, 20 de julio de 2005
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
Al Ciudadano JAIME ALAIN OSPINA. Y/O SUS APODERADOS JUDICIALES, Abogados HERNAN CHAVEZ CHAVEZ y EDIFRANGEL LEON, que en fecha 20-07-05 me avoque al conocimiento de la causa signada con el N° 1868-99.- Demandante: MARLENE COROMOTO CADENAS PERDOMO. Demandado: JAIME ALAIN OSPINA. Motivo: RECLAMACION DE DAÑOS MATERIALES. Señalándosele a las partes, que una vez que conste en autos la última notificación se le concede un lapso de Diez (10) más Tres (03) días de Despacho, para que ejerzan los recursos legales de conformidad con los Artículos 14 y 90 del Código de Procedimiento Civil, vencido dicho lapso, la causa continuará su curso legal.
Firmara al pie de la presente boleta en constancia de haber sido Notificado.
La Juez,
Abg. ANGELA M. SOSA RUIZ
El Notificado,
Notificado hoy: ________ de ________de 2005, a las: __________________. En_______________________________________________________________