REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 14 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2004-000040
Visto que en la presente causa el acusado CESAR ANTONIO VARGAS, conforme a las resultas de las boletas de notificación se constata que el mencionado acusado cambió de residencia sin informar al Tribunal haciendo infructuosos los intentos para su notificación a la celebración del Juicio Oral y Público y por ultimo que ha incumplido desde el día 21 de Febrero de 2005 a la medida cautelar de presentación periódica cada 15 días ante el Tribunal de manera injustificada, es por lo que de conformidad con el artículo 251 parágrafo segundo y artículo 262, ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal revoca la medida cautelar sustitutiva otorgada al acusado CESAR ANTONIO VARGAS en fecha 16 de Junio de 2004 por el Tribunal de Control No. 3 de este Circuito Judicial Penal y en consecuencia se ordena la aprehensión del mismo. Así se declara.
Por otro lado, en virtud que en la presente causa aparecen como acusados los ciudadanos ANTONIO JOSE MENDOZA, FREDDY ANTONIO RODRIGUEZ CEVILLA, YEIMAR DEL VALLE TORTOLEDO y NESTOR JOSE QUEVEDO GONZALEZ y visto que estos ciudadanos tienen derecho a la tutela judicial efectiva al igual que la víctima, ciudadano MARCELINO FUENMAYOR GONZALEZ, y también a que la causa se decida con prontitud, siendo posible en consecuencia que este Tribunal proceda de conformidad con el artículo 74 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que ordena la división de la continencia de la causa, con respecto a estos ciudadanos acusados, ordenando la celebración del Juicio Oral y Público para el día lunes 27 de Junio de 2005 a las 2 de la tarde.
Se ordena compulsar la causa con relación al acusado CESAR ANTONIO VARGAS hasta que se logre la captura del mismo.
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la medida cautelar sustitutiva otorgada al acusado CESAR ANTONIO VARGAS en fecha 26 de Junio de 2004 por el Tribunal de Control No. 3 de este Circuito Judicial Penal y en consecuencia se ordena la aprehensión del mismo. Se ordena la división de la continencia de la causa y compulsar la misma con relación al acusado CESAR ANTONIO VARGAS hasta que se logre la aprehensión del mismo. Se fija la celebración del Juicio Oral y Público con respecto a los acusados ANTONIO JOSE MENDOZA, FREDDY ANTONIO RODRIGUEZ CEVILLA, YEIMAR DEL VALLE TORTOLEDO y NESTOR JOSE QUEVEDO GONZALEZ para el día 27 de Junio de 2005 a las 2 de la tarde.
Ofíciese a los organismos de seguridad del estado.
Notifíquese a las partes, expertos y testigos.
El Juez Cuarto de Juicio
Abg. Víctor Hugo Mendoza Cabrera
La Secretaria
Abg. Susana González