REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN
Guanare, 24 de Mayo de 2005
194° y 146°
N° 55
CAUSA N° 2E-732-02
REQUISITORIA
SE HACE SABER
Que en la causa seguida por este Tribunal contra el ciudadano VARGAS QUINTERO CARLOS EDUARDO, por el delito ROBO AGRAVADO, y por cuanto no ha sido posible la captura, se acuerda ratificar requisitoria a fin de que se cumpla con la sentencia dictada por la Sala Accidental Segundo de Reenvió para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelación del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana; en fecha Cinco de de Agosto del Dos Mil Dos; y acordando enviar copia de ella a los Órganos de Investigaciones Penales, al Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a los fines de su publicación.
DATOS FILIATORIOS
APELLIDOS Y NOMBRES: QUINTERO VARGAS CARLOS EDUARDO
CEDULA DE IDENTIDAD: V-9.744.008
LUGAR DE NACIMIENTO: MARACAIBO ESTADO ZULIA
FECHA DE NACIMIENTO: 10 DE FEBRERO DE 1968; HIJO DE NOHORA QUINTERO Y CARLOS VARGAS
DIRECCIÓN DE HABITACIÓN: CALLE LAS TORRES CASA S/N BARRIO BRISAS DEL TROMPILLO FRENTE A LA ESCUELA FE Y ALEGRÍA BARQUISIMETO ESTADO LARA.
TRIBUNAL SOLICITANTE: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN N° 02
Por lo tanto las autoridades Civiles, Militares y Judiciales que la presente vieren, le darán estricto cumplimiento y lograda la captura del penado antes identificado, se servirá enviarlo con las seguridades del caso al Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales con sede en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa.
Dado, firmado, sellado y refrendado el presente mandato judicial en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. En Guanare, a los Veinticuatro días del mes de Mayo del año 2005.
El Juez de Ejecución N° 2,
Abg. Evelio de Jesús Viloria
El Secretario,
Abg. Juan Alberto Valera.
EdeJV/ncgp
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