Vista la Solicitud suscrita por la ciudadana NORMA ORTENCIA ALVAREZ DE GUEDEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, de Oficios del Hogar, con domicilio en Píritu Municipio Esteller Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N°9.617.911, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos MIGUEL ANTONIO, WILFREDO JAVIER, LEONARDO JOSE, LUIS GUILLERMO, y GABRIELA ALEXANDRA GUEDEZ ALVAREZ, de 13, 11, 10, 5 y 3 años de edad, respectivamente, asistida por la Abogado en ejercicio BLANCA HERRERA CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°99.753; esposa e hijos de quien en vida se llamó MIGUEL SEGUNDO GUEDEZ BURGOS, quien era venezolano, mayor de edad, casado, Obrero, domiciliado en Píritu, Municipio Esteller Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N°9.568.504, quien fallece en fecha 17 de Abril de 2.004, en la Carretera vía La Flecha, a la altura de la Cohetera Diana, Estado Portuguesa, tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Defunción N°342 que anexan a la solicitud; y del Acta de Matrimonio N° 95; de las copias certificadas de las Partidas de Nacimiento números 969; 329; 934; 540; y 247, anexas a la solicitud; motivo por el cual pide se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de MIGUEL SEGUNDO GUEDEZ BURGOS, quien era su esposo y padre del adolescente y niños mencionados, e igualmente pide se declaren a las personas que en su oportunidad presentará.
En fecha 17-05-04, se admite la solicitud ordenándose la publicación de un Cartel de Notificación en un Diario de ámplia circulación Nacional y librar Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente. En fecha 31-01-05 fue agregado ejemplar del Diario “El Nuevo País” de fecha 10-06-04, en la cual aparece publicado en la página 15 un cartel de Notificación. Vencido el lapso indicado en dicho Cartel para la presentación de los testigos, en fecha 09-05-05, los mismos, una vez cumplidos los tramites se identificaron de la manera siguiente: GILBER ANTONIO TORREALBA RODRIGUEZ y RAIZA YULIMAR JARA MORALES, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en el Municipio Esteller Estado Portuguesa, titulares de las Cédulas de Identidad números 14.177.449 y 17.599.731, en su órden, ambos fueron contestes al momento de testimoniar en sus declaraciones insertas a los folios 24 y 25, respectivamente