REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. Acarigua, 25 de Mayo de 2005.
195° y 146°
Visto el escrito anterior, suscrito por el abogado NELSON MARIN PEREZ, en representación del demandado HUMBERTO RAMON PEREZ, donde menciona el contenido del escrito consignado el 12 del presente mes y año, y pide que en virtud de haber sido satisfecha la pretensión de la actora, por parte del demandado, se declare la terminación del juicio de rendición de cuentas por haberse rendido las mismas oportunamente y sobre las cuales existe conformidad absoluta por parte de la solicitante, el Tribunal al efecto hace saber al diligenciante que en decisión de fecha 13 de mayo de 2005, se negó la homologación del desistimiento formulado en la presente causa, por el abogado JOSE LUIS RODRIGUEZ MACIAS, en su condición de apoderado de la demandante YRAIZA EMILIA PEREZ, desistimiento que las partes denominaron “transacción”, auto del cual apeló el ahora diligenciante, abogado NELSON MARIN, la cual fue oída en un solo efecto y el mismo apelante desistió de tal apelación, lo que trae como consecuencia que el auto dictado haya quedado firme, razón por la cual este Tribunal niega nuevamente la solicitud de que homologue el desistimiento formulado por las partes, denominado por ellos “transacción”. Así se decide.
El Juez Temporal,

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria,

Abg. Nancy Galíndez de González