REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de enero de 2005
194º y 145º
ASUNTO: AP41-U-2004-000036

Vistos los Escrito de Promoción de pruebas, presentados en horas de despacho del día 14 de diciembre del año 2004, respectivamente por el ciudadano Fernando L. Barrientos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.759, en su carácter de representante legal de la empresa “CIENTIFICA INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A.”, constante de dos (02) folios útiles y un (01) anexo; y por la ciudadana YENIA ROMERO ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.846, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), constante de un (01) folio útil y un (01) anexo. Por cuanto las pruebas en ellos contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, este Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, dejando su apreciación para la definitiva.

La evacuación de las pruebas promovidas y Admitidas se realizará de la siguiente manera:

PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA RECURRENTE:

MERITO FAVORABLE. CAPITULO I: Se reprodujo el Mérito favorable de los autos que conforman el presente expediente.

INSTRUMENTALES. CAPITULO II: Se ordena agregar al Expediente las Pruebas Instrumentales enumeradas del 1 al 11 debidamente identificadas en el escrito de promoción de pruebas.

PRUEBAS PROMOVIDAS POR PARTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE):

MERITO FAVORABLE. CAPITULO I: Se reprodujo el Mérito favorable de los autos que conforman el presente expediente.

DOCUMENTALES. CAPITULO II: Se ordena agregar a los autos los documentos identificados en el referido capítulo del escrito de Promoción de Pruebas; a los fines del Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil y 332 del Código Orgánico Tributario.

LA JUEZ SUPLENTE

Abg. BERTHA ELENA OLLARVES HERRERA

LA SECRETARIA


VILMA A. MENDOZA JIMENEZ
Asunto N°: AP41-U-2004-000036
BEOH/Vmj/DR