REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 27 de abril de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2005-009781
ASUNTO : PP11-P-2005-009781



JUEZ DE JUICIO: ABG. OMAR FLEITAS FLORES

FISCAL SEGUNDA: ABG. ELIDA VARGAS FUENMAYOR


SECRETARIA: ABG. MARY ISABEL LACRUZ


DEFENSOR: ABG. ALIX RODRIGUEZ


ACUSADO: ASDRUBAL A. MANRIQUE PEREZ

VICTIMA: DARKI DE JESUS CAMBUCO GOMEZ.

DELITO: ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR
Y LESIONES INTENCIONALES GRAVES

Visto que para el día de hoy, veintisiete (27) de abril de 2005 a las 10:00am., se encontraba fijada la reanudación del debate oral y público en el juicio seguido al ciudadano ASDRUBAL ANFOLSO MANRIQUE PEREZ, asistido por la defensora pública ALIX RODRIGUEZ, el Tribunal observa:

Siendo las 10:30 de la mañana del día de hoy, con treinta (30) minutos de espera, se solicitó a la secretaria que constatará la presencia de las partes; quien señaló la presencia de la Fiscal Segunda del Ministerio Público, Abg. ELIDA VARGAS FUENMAYOR y del Acusado ASDRUBAL ANFOLSO MANRIQUE PEREZ, indicando la inasistencia justificada de la defensora pública, por encontrarse en la realización de una audiencia preliminar en la causa PP11-P-2005-11676, con el Tribunal de Control Nº3 de este mismo Circuito Judicial Penal, por ello siendo éste día el décimo para reanudar el debate iniciado el día 17-04-2006, no existiendo causa legal para justificar otra suspensión en el presente debate, es por lo que este Tribunal de Juicio Nº 1 (unipersonal) del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO y en consecuencia quedan NULAS todas las actuaciones realizadas en el, todo de conformidad con el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal. Se fijará nuevamente el juicio oral y público para una nueva oportunidad por auto separado.

Regístrese y déjese copia.

El JUEZ DE JUICIO Nº 1

ABG. OMAR FLEITAS FLORES
LA SECRETARIA

º ABG. MARY ISABEL LACRUZ