REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 03 de Abril del 2006
195º y 146º
EXP 5047-05

Vista la SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO interpuesta por el ciudadano (a) CARMEN ALICIA ISAQUITA DE CASAS, procediendo en su carácter de Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir observa que:

La presente causa se inició en fecha 31-07-73, en virtud de la Denuncia interpuesta por el ciudadano OSCAR CARPIO CAMACHO, por ante Oficina de Quejas y Reclamos de la Presidencia de la República, donde solicita se instruya información de Nudo Hecho, contra Funcionarios de la Policía Metropolitana, por estar involucrados en la presunta comisión del delito de abuso de autoridad.

Así las cosas, este Tribunal estima que nos encontramos en uno de los supuestos por el cual procede el sobreseimiento, visto que el hecho objeto del proceso no se realizó, en virtud de que si bien es cierto que de la Denuncia interpuesta por el ciudadano OSCAR CARPIO CAMACHO, se desprende la comisión de un hecho punible, no es menos cierto que no existen elementos de convicción que demuestren la participación de los Funcionarios adscritos a la Policía Metropolitana, JOSE BATISTA y YOYITO PINTO, por lo cual este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud de sobreseimiento formulada por el Ministerio Público, con fundamento en la causal prevista en el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

DISPOSITIVA

Con fundamento en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS EN FUNCION DE CONTROL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud interpuesta por el ciudadano (a) Abg. CARMEN ALICIA ISAQUITA DE CASAS, en su carácter de Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, y se decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra los ciudadanos JOSE BATISTA y YOYITO PINTO. Por cuanto el hecho objeto del proceso no puede atribuírsele a los Imputados. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia y notifíquese.
LA JUEZ

DRA. MARIA DEL PILAR PUERTA DE BARAZA
LA SECRETARIA

ABG. LEYVIS SUJEI AZUAJE

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

ABG. LEYVIS SUJEI AZUAJE

Causa: Nro. 22C/5047-05
MPPB/John