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ACTA
 
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2005-004213
 PARTE ACTORA: AYARI GREGORIA TORREYES
 ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
 PARTE DEMANDADA: “BAR RESTAURANT LA CHULETA, C.A.”
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Maria Alejandra Llovera y María Piol
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 
 En el día hábil de hoy, lunes diez (10) de abril de 2006, día y hora fijado (03:00 p.m.) para que tenga la lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por la ciudadana AYARI GREGORIA TORREYES contra la demandada “BAR RESTAURANT LA CHULETA, C.A”. Seguidamente este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana: MARÍA PIOL, titular de la cédula de identidad N° 6.857.115, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.729, en su carácter apoderada judicial de la parte demandada “BAR RESTAURANT LA CHULETA, C.A.” según  poder que consta en auto, de igual forma se deja constancia que la parte actora, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, compareció a la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera  Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los diez (10) días del mes de abril de dos mil seis (2006). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 146° y 195°
 El Juez
 
 
 Abg. Franklin Porras Mendoza
 
 El Secretario
 
 
 
 
 
 La Presente
 
 “2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
 
 
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