REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 10 de Agosto de 2006
196º y 147º
ACTO DE EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS
En el día de hoy, JUEVES DIEZ (10) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS (2.006), siendo las NUEVE (09:00) HORAS DE LA MAÑANA, oportunidad fijada para el acto de exhibición de Documentos solicitado por el Abogado CARLOS BACHRICH NAGY, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JHON RALSTON PATE, en fecha 31 de julio de 2006. La ciudadana Juez, DRA. YRIS YELITZA CABRERA MARTÍNEZ, solicita a la Secretaria, ABG. DOROTHY AVILES MAUQUER, que verificara la presencia de las partes, encontrándose presentes Abogado CARLOS BACHRICH NAGY, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JHON RALSTON PATE, los Abogados ERWIN GENIE LORETO y BILLY FRANCO, Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 64.994 y 89.786, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de los Terceros Citados en Saneamiento HAYDELEN VELASQUEZ DE RAMIZ, CORPORACIÓN ALAS DE VENEZUELA, NELSON RAMIZ y AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, respectivamente y el Abogado Intimante, DR. JOSÉ GARCÍA GUEVARA. Se anunció el acto en la forma de Ley a las puertas del Tribunal por el Alguacil Rafael Rondón. Seguidamente El Tribunal solicita a los Abogados Abogados ERWIN GENIE LORETO y BILLY FRANCO, Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 64.994 y 89.786, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de los Terceros Citados en Saneamiento HAYDELEN VELASQUEZ DE RAMIZ, CORPORACIÓN ALAS DE VENEZUELA, NELSON RAMIZ y AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, la exhibición de los siguientes documentos: A.- Tal cual como lo solicita en su escrito el Abogado CARLOS BACHRICH, en la cual solicita el estado de cuenta emanado de la Genérica de Cuentas por pagar de la Sociedad mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, cumplo con exhibir: 1.- Copia recibida de fecha 06 de febrero de 2004, por el Tribunal Vigésimo de Control, el cual se encuentra promovida en copia simple en la pieza VII, folios 75 al 83, los cuales doy como cierto y que los originales se encuentran en archivo muerto el cual está ubicado en la ciudad de Guarenas, Estado Miranda y debido al corto tiempo transcurrido luego de la intimación, fue imposible la ubicación. 2.- Con relación a la segunda solicitud referente a las facturas de pago por Honorarios profesionales al DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO efectuada por la empresa AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, referente a los pagos de fecha 15 de noviembre del 2000, por la cantidad de nueve mil setecientos cuarenta y un dólar con noventa y cinco centavos, este pago fue realizado en efectivo, el cual consta cono recibido en el folio 100 de la pieza VII, y doy fe de que es cierto. 3.- Con referencia al segundo pago, por el monto de siete millones cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta Bolívares, mediante transferencia N° 23533, a través del Banco Mercantil Miami, doy como cierta, tal cual aparece reflejada en el estado de cuentas por pagar de la Empresa Aeropostal Alas de Venezuela, el cual cursa al folio 75 de la pieza VII del expediente. 4.- En relación a la siguiente solicitud de exhibición de documentos de fecha 11 de febrero de 1998, por la cantidad de Ocho millones setecientos setenta y ocho mil sesenta y cinco Bolívares, mediante transferencia N° 905237, a través del Banco Mercantil de Miami, la doy como cierta, la cual se encuentra inserta al folio 84 de la pieza VII. 5.- En relación a la exhibición del documento de fecha 01 de marzo de 1998, por la cantidad de Ocho Millones trescientos setenta y dos mil Bolívares, mediante transferencia N° 947976, a través del Banco Mercantil de Caracas, la doy cono cierta, tal cual como aparece reflejada en el estado de Cuentas por pagar de la sociedad Mercantil Aeropostal Alas de Venezuela, y la misma aparece inserta al folio 87 de la pieza VII. 6.- En relación a la solicitud de fecha 04 de marzo de 1998, por la cantidad de ocho Millones ochocientos treinta y siete mil seiscientos treinta y cinco Bolívares, mediante transferencia N° 984316, realizada a través del Banco Mercantil Caracas, la doy como cierta y la misma aparece inserta en el folio 86 de la pieza VII, hacemos la salvedad que por error involuntario de la Gerencia de Cuentas por Pagar, el número de factura que debe leerse es el N° 984317. 7.- En relación a la cancelación de fecha 20 de junio de 1998, por la cantidad de veinte Millones de Bolívares, mediante cheque N° 31411505, librado en contra del Banco Mercantil de Caracas, la doy como cierta, tal y como aparece reflejada en el Estado de Cuenta por pagar de la empresa Aeropostal Alas de Venezuela y la misma se encuentra inserta al folio 75 de la pieza VII. 8.- En relación al pago realizado en fecha 10 de julio de 1998, por la cantidad de Trece Millones novecientos seis mil doscientos cincuenta Bolívares, mediante transferencia N° 07-2, a través de Interbank, la doy como cierta, tal y como aparece reflejada en el Estado de Cuenta por pagar de la empresa Aeropostal Alas de Venezuela y la misma se encuentra inserta al folio 75 de la pieza VII. 9.- En relación al pago realizado en fecha 24 de Agosto de 1998, por la cantidad de diez Millones cincuenta y nueve mil Bolívares, mediante transferencia N° 911, a través de Interbank, la doy como cierta, la cual se encuentra inserta al folio 109 de la pieza VII.10.- En relación al pago realizado en fecha 17 de Septiembre de 1998, por la cantidad de Veinte Millones seiscientos quince mil Bolívares, mediante transferencia N° 982972, a través del Banco Mercantil de Caracas, pero quiero aclarar que por error involuntario, en el estado de Cuentas de la Gerencias de Cuentas por Pagar, apareció reflejado, la orden de pago con el N° 982972, siendo la correcta 982971, la misma doy como cierta, cursante al folio 88 de la pieza VII. 11.- En relación al pago realizado en fecha 01 de Septiembre de 1998, por la cantidad de trece Millones ochocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta Bolívares, mediante transferencia N° F76470, a través del Banco Mercantil de Miami, la doy como cierta, tal y como aparece reflejada en el Estado de Cuenta por pagar de la empresa Aeropostal Alas de Venezuela y la misma se encuentra inserta al folio 75 de la pieza VII. 12.- En relación al Pago realizado en fecha 08 de Enero de 1999, por la cantidad de Diecisiete Millones Treinta y dos mil Quinientos Bolívares, mediante transferencia N° 963566, a través del Banco Mercantil de Caracas, la doy como cierta y la misma se encuentra inserta al folio 85 de la pieza VII. 14.- En relación al pago realizado en fecha 06 de Agosto de 1999, por la cantidad de Veinticuatro Millones Novecientos treinta y dos mil cuatrocientos veintisiete Bolívares con cincuenta céntimos, mediante transferencia N° F23533, a través del Banco Mercantil de Miami, la misma doy como cierta, tal y como aparece reflejada en el Estado de Cuenta por pagar de la empresa Aeropostal Alas de Venezuela y la misma se encuentra inserta al folio 75 de la pieza VII. 15.- En relación al pago realizado en fecha 22 de abril de 1999, por la cantidad de once millones setecientos noventa y siete mil Bolívares, mediante transferencia N° TES170T, a través de Interbank, la doy como cierta y la misma se encuentra inserta en el folio 110 de la pieza VII. 16.- En relación a un pago adicional sin fecha por la cantidad de Nueve Millones Noventa mil Bolívares, la doy como cierta, tal y como aparece reflejada en el Estado de Cuenta por pagar de la empresa Aeropostal Alas de Venezuela y la misma se encuentra inserta al folio 75 de la pieza VII. B.- En relación a la solicitud de Exhibición de la factura marcada con la nomenclatura F-CJHP109, emitida en fecha 18 de Septiembre de 2000, por los Abogados AUGUSTO MATHEUS PINTO, JOSÉ GARCÍA GUEVARA y ALBERTO ARTEAGA SANCHEZ, la doy como cierta, tal y como aparece reflejada en el estado de Cuentas por Pagar de la Empresa Aeropostal Alas de Venezuela, en el folio 75 de la pieza VII, e igualmente de la solicitud realizada inserta al folio 101 de la pieza VII. C.- En relación a la copia del cheque N° 31411505, librado en fecha 20 de Junio de 1998, en contra del Banco Mercantil de Caracas, a favor del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, por la cantidad de Veinte Millones de Bolívares, la doy como cierta, tal y como aparece reflejada en el Estado de Cuenta por pagar de la empresa Aeropostal Alas de Venezuela y la misma se encuentra inserta al folio 75 de la pieza VII. D.- En relación a la copia del cheque N° 76787109, librado en fecha 04 de Noviembre de 1998, en contra de Corp Banca, a favor del DR. JOSÉ GARCÍA GUEVARA, por la cantidad de Veintiocho Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil Bolívares, la doy como cierta, tal y como aparece reflejada en el Estado de Cuenta por pagar de la empresa Aeropostal Alas de Venezuela y la misma se encuentra inserta al folio 75 de la pieza VII. E.- En relación a la solicitud de exhibición de las órdenes de Transferencias o de pagos a favor del Dr. AUGUSTO MATHEUS PINTO, marcadas con los números: 1.- 23533, por la cantidad de Siete Millones Cuatrocientos Setenta y Siete Mil Cuatrocientos Setenta Bolívares, a través del Banco Mercantil Caracas, ya se dio por cierta en el punto A. 2.- 2.- 905237, la misma se dio por cierta en el punto A 2.- 3.- En relación a la transferencia N° 947976, la misma se dio por cierta en el punto A 2.- 4.- En relación a la transferencia N° 984316, la misma se dio por cierta e igualmente se deja constancia que por error involuntario de la gerencia de Cuentas por Pagar, de Aeropostal Alas de Venezuela, debe leerse N° 984317 y la misma se dio por cierta igualmente en el punto A-2.- 5.- En relación al N° 07-2 de fecha 10 de julio de 1998, por la cantidad de Trece Millones Novecientos seis mil Doscientos cincuenta Bolívares, , la misma se dio por cierta en el punto A 2.- 6.- En relación al número 911, de fecha 24 de Agosto de 1998, por la cantidad de Diez Millones cincuenta y nueve mil Bolívares, a través de Interbank, la misma se dio por cierta en el punto A 2.- 7.- En relación al N° 982972, de fecha 17 de septiembre de 1998, por la cantidad de Veinte Millones seiscientos quince mil Bolívares, la misma se dio por cierta en el punto A 2.- 8.- En relación al N° F76470, de fecha 01 de septiembre de 1998, por la cantidad de Trece Millones Ochocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta Bolívares, a través del Banco Mercantil de Miami, la misma se dio por cierta en el punto A 2.- 9.- En relación al N° 963566, de fecha 08 de enero de 1999, por la cantidad de diecisiete millones treinta y dos mil quinientos Bolívares, la misma se dio por cierta en el punto A 2.- 10.- En relación a la factura N° F23533, la misma se dio por cierta en el punto A 2.- 11.- En relación a la factura N° TES170T, la misma se dio por cierta en el punto A 2.- F.- De acuerdo a la solicitud de exhibición de las órdenes de pago hechas para ser debitadas en la cuenta N° 1021-49637-5, de Aeropostal Alas de Venezuela, a favor del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO: a su cuenta N° 8300592812, en el Commerse Bank NA, de Miami: 1.- N° 948317, de fecha 04 de marzo de 1998, por la cantidad de ocho millones ochocientos veintisiete mil doscientos cincuenta Bolívares, de fecha 04 de marzo de 1998 y nota de débito 5689221, de fecha 04 de marzo de 1998, la misma se da como cierta e igualmente se encuentra inserta en el folio 86 de la pieza VII. 2.- En relación a la factura 947976, la misma fue reconocida en el punto A 2.- 3.- En relación a la factura 982971, la misma la damos como cierta y se encuentra inserta al folio 88 de la pieza VII. 4.- En relación a la factura 963573, la misma la damos como cierta y se encuentra inserta al folio 89 de la pieza VII. G.- Con relación a la órdenes realizadas a la Sociedad Mercantil Aeropostal Alas de Venezuela, dirigidas al Banco Mercantil Agencia Altamira, para cargar a su cuenta corriente un monto en Bolívares para transferir un monto en dólares estadounidenses, a favor del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO: 1.- De fecha 18 de septiembre de 1997, para ser cargada a la cuenta corriente N° 01117964-5, de Aeropostal Alas de Venezuela, para ser transferida la cantidad de Cincuenta mil dólares, a la cuenta del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO N° 8300592812, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 90 de la pieza VII. 2.- De fecha 14 de octubre de 1997, para ser cargada a la cuenta N° 01117964-5, de Aeropostal Alas de Venezuela, para ser transferida la cantidad de Cincuenta Mil dólares estadounidenses, a favor del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 91 de la pieza VII. 3.- De fecha 06 de febrero de 1998, para ser cargada a la cuenta corriente N° 102149637.5 de Aeropostal Alas de Venezuela, por la cantidad de Diecisiete mil Dólares estadounidenses a la cuenta del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 92 de la pieza VII. 4.- De fecha 02 de marzo de 1998, para ser cargada a la cuenta corriente N° 102149637.5 de Aeropostal Alas de Venezuela, por la cantidad de Diecisiete mil Dólares estadounidenses, a la cuenta del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 93 de la pieza VII. 5.- De fecha 25 de marzo de 1998, para ser cargada a la cuenta corriente N° 102149637.5 de Aeropostal Alas de Venezuela, por la cantidad de Dieciséis mil Dólares estadounidenses a la cuenta del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 94 de la pieza VII. 6.- De fecha 26 de junio de 1998, para ser cargada a la cuenta corriente N° 01117964-5 de Aeropostal Alas de Venezuela, por la cantidad de Veinticinco mil Dólares estadounidenses a la cuenta del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 96 de la pieza VII. 7.- De fecha 16 de septiembre de 1998, para ser cargada a la cuenta corriente N° 102149637.5 de Aeropostal Alas de Venezuela, por la cantidad de Treinta y cinco mil Dólares estadounidenses a la cuenta del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 97 de la pieza VII. 8.- De fecha 07 de enero de 1999, para ser cargada a la cuenta corriente N° 102149637-5 de Aeropostal Alas de Venezuela, por la cantidad de Treinta mil Dólares estadounidenses a la cuenta del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 98 de la pieza VII. 9.- De fecha 08 de enero de 1999, para ser cargada a la cuenta corriente N° 102149637.5 de Aeropostal Alas de Venezuela, por la cantidad de Treinta mil Dólares estadounidenses, en este estado esta representación hace la salvedad que dicha transferencia no fue realizada a nombre del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, sino a nombre del DR. JOSÉ GARCÍA GUEVARA, tal y como lo señala en su solicitud de exhibición de documentos el Dr. CARLOS BACHRICH, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 99 de la pieza VII. H.- 1.- De acuerdo a la solicitud de documentos de pagos realizados en fecha 03 de octubre de 2000, por la cantidad de diez mil dólares estadounidenses para ser pagadas al DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO, por concepto de facturas N° CJHP109 e igualmente instrucciones giradas por el apoderado Judicial y Consultor Jurídico Edwin Genie, tanto de Aeropostal Alas de Venezuela como Aeropostal Alas de Venezuela, en la cual se gira instrucción de librar tres cheques por diez mil dólares estadounidenses a favor de los Doctores AUGUSTO MATHEUS PINTO, JOSÉ GARCÍA GUEVARA y ALBERTO ARTEAGA SANCHEZ, por concepto de honorarios profesionales, la misma doy por cierta y que cursan inserta a los folios 100 y 101 de la pieza VII e igualmente copia fotostática inserta al folio 102 de la pieza VII. 2.- De acuerdo al comprobante de egreso de caja N° E-0738 de fecha 23 de Julio de 1999 y autorización de pago, se da como cierta y se encuentra inserta a los folios 103 y 104 de la pieza VII. 3.- Comprobante de Egreso de Caja N° E-10-32, de fecha 27 de octubre de 2000, se da como cierta y cursa inserta al folio 105 de la pieza VII. 4.- Comprobante de egreso de caja N° E-11-18 de fecha 14 de noviembre de 2000, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 106 de la pieza VII. I.- Ordenes de pago realizada por Aeropostal Alas de Venezuela a favor del DR. AUGUSTO MATHEUS PINTO: 1.- De fecha 10 de julio de 1998, la misma se da como cierta y se encuentra inserta a los folios 107 y 108 de la pieza VII. 2.- De fecha 21 de agosto de 1998, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 109 de la pieza VII. 3.- De fecha 22 de abril de 1999, la misma se da como cierta y se encuentra inserta al folio 110 de la pieza VII. J.- De acuerdo a las órdenes de transferencia a favor del DR. JOSÉ GARCÍA GUEVARA: 1.- En fecha 08 de enero de 1999, por la cantidad de Diecisiete millones treinta y dos mil quinientos Bolívares, el mismo se da por cierto tal y como aparece reflejado en el estado de Cuentas de la Gerencia de Cuentas por Pagar de Aeropostal Alas de Venezuela, el cual se encuentra inserta al folio 75 de la pieza VII. 2.- En fecha 22 de abril de 1999, por la cantidad de Once Millones setecientos noventa y siete mil Bolívares, la misma se da por cierta y se encuentra inserta al folio 111 de la pieza VII. K.- De acuerdo a la solicitud de los recibos de todos y cada uno de los pagos emitidos a los Doctores AUGUSTO MATHEUS PINTO y JOSÉ GARCÍA GUEVARA, debo señalar que muchos de estos se encuentran en el expediente, ya reconocidos a excepción de las copias de los cheques. I.- De acuerdo a la solicitud realizada en el escrito de exhibición de documentos, por parte de Aeropostal Alas de Venezuela al DR. GARCÍA GUEVARA: 1.- Orden de fecha 22 de abril de 1999, realizada por la Sociedad Mercantil Aeropostal Alas de Venezuela, dirigida al departamento de Cambios del Banco Interbank, para cargar a su cuenta corriente 037-003158-9, para ser transferida la cantidad de veinte mil dólares estadounidenses a la cuenta del Money Markey N° 6053955, la misma se da por cierta y corre inserta al folio 111 de la pieza VII. 2.- Comprobante de Egreso de caja de fecha 27 de octubre de 2000, por la cantidad de cinco mil dólares estadounidenses, se da por reconocido y corre inserta al folio 112 de la pieza VII. 3.- Comprobante de egreso de caja N° E1119, de fecha 14 de noviembre de 2000, por un monto de cuatro mil setecientos cuarenta y dos dólares, el mismo se da por reconocido y se encuentra inserta al folio 113 de la pieza VII. 4.- Autorización de pago emitido en fecha 03 de octubre de 2000, por aeropostal Alas de Venezuela, a favor del DR. JOSÉ GARCÍA GUEVARA, por la cantidad de diez mil dólares estadounidenses, la misma se da por cierta y se encuentra inserta al folio 114 de la pieza VII. 5.- Recibo de fecha 31 de Agosto suscrito por el Abogado JOSÉ GARCÍA GUEVARA por el cual declara haber recibido por parte de Aeropostal Alas de Venezuela, la cantidad de diez mil dólares por concepto de honorarios profesionales, la misma se da por cierta y se encuentra inserta al folio 115 de la pieza VII. Ahora bien, igualmente solicito al tribunal dejar constancia de facturas de pagos realizados a favor del Escritorio jurídico DE SOLA & PATE, por concepto de honorarios profesionales, que a continuación detallo: 1.- En fecha 01 de abril de 1998, orden de transferencia por la cantidad de treinta mil dólares estadounidenses, por concepto de anticipo de honorarios profesionales. 2.- Transferencia de fecha 29 de octubre de 1997, por la cantidad de cincuenta mil dólares, por concepto de abono de cuenta. 3.- Transferencia realizada en fecha 23 de octubre de 1997, a nombre de JOHN PATE, por la cantidad de cinco mil dólares estadounidenses por concepto de viáticos. 4.- Transferencia de fecha 10 de octubre de 1997, a nombre de DE SOLA & PATE, por un monto de cinco mil dólares estadounidenses por concepto de viáticos. 5.- Transferencia de fecha 09 de septiembre de 1997, por la cantidad de cuarenta mil dólares estadounidenses, a favor del Escritorio jurídico DE SOLA & PATE, por concepto de honorarios profesionales. 6.- Transferencia realizada en fecha 14 de agosto de 1997, a favor del escritorio jurídico DE SOLA & PATE, por la cantidad de cuarenta mil ochocientos cuarenta y ocho dólares estadounidenses con ocho centavos de dólar, por concepto de honorario profesionales. 7.- Transferencia realizada en fecha 01 de agosto de 1997, a favor del Escritorio Jurídico DE SOLA & PATE, por la cantidad de cuatrocientos ochenta y seis dólares estadounidenses con cuarenta y ocho centavos, por concepto de honorarios profesionales. 8.- Transferencia realizada en fecha 21 de julio de 1997, a favor del Escritorio Jurídico DE SOLA & PATE, por la cantidad de treinta mil dólares estadounidenses, por concepto de honorarios profesionales. 9.- Transferencia realizada en fecha 19 de mayo de 1997, a favor del Escritorio Jurídico DE SOLA & PATE, por la cantidad de treinta y un mil doscientos seis dólares estadounidenses con sesenta y un centavos, por concepto de honorarios profesionales. 10.- Transferencia realizada en fecha 15 de mayo de 1997, a favor del Escritorio Jurídico DE SOLA & PATE, por la cantidad de treinta y un mil ciento noventa y un dólares estadounidenses con sesenta y un centavos, por concepto de adelantos a cuenta factura N° 2148-97. 11.- Transferencia realizada en fecha 19 de marzo de 1997, a favor del Escritorio Jurídico DE SOLA & PATE, por la cantidad de quince mil dólares estadounidenses, por concepto de honorarios profesionales. 12.- Transferencia realizada en fecha 17 de marzo de 1997, a favor del Escritorio Jurídico DE SOLA & PATE, por la cantidad de quince mil dólares estadounidenses, por concepto de honorarios profesionales. 13.- Transferencia realizada en fecha 12 de febrero de 1997, a favor del Escritorio Jurídico DE SOLA & PATE, por la cantidad de dieciséis mil cuatrocientos dieciocho dólares estadounidenses con sesenta y un centavos, por concepto de honorarios profesionales. Igualmente, factura presentada por el escritorio Jurídico DE SOLA & PATE a Aeropostal Alas de Venezuela, de fecha 17 de enero de 1997, por un monto de dieciséis mil cuatrocientos dieciocho dólares estadounidenses con sesenta y un centavos, por concepto de honorarios profesionales. E igualmente doy cierta y reconocida, las ordenes de pago y transferencias realizadas al DR. ARTURO DE SOLA y/o ESCRITORIO JURIDICO DE SOLA & PATE, reflejada en el estado de cuentas por pagar de la sociedad mercantil Aeropostal Alas de Venezuela, el cual aparece inserta en el folio 76 de la pieza VII. EL TRIBUNAL DEJA CONSTANCIA QUE RECIDE DE MANOS DEL DR. ERWIN GENIE, APODERADO JUDICIAL DE LOS TERCERO CITADOS EN SANEAMIENTO, VEINTISIETE (27) FOLIOS ÚTILES, COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LAS ORDENES DE PAGOS Y TRANSFERENCIAS ANTERIORMENTE DESCRITAS. Se declara concluido el acto de Posiciones Juradas de JOHN RALSTON PATE, siendo las once y cincuenta y cinco (11:55) horas de la tarde. ES TODO, TERMINO, SE LEYO Y CONFORMES FIRMAN.-
LA JUEZ
DRA. YRIS YELITZA CABRERA MARTÍNEZ
EL APODERADO JUDICIAL DEL INTIMADO
Abg. CARLOS BACHRICH NAGY
EL INTIMANTE
DR. JOSE GARCÍA GUEVARA
LOS APODERADOS JUDICIALES DE LOS TERCEROS CITADOS
EN SANEAMIENTO:
DR. ERWIN GENIE LORETO
DR. BILLY FRANCO
LA SECRETARIA
ABG. DOROTHY AVILES MAUQUER
Y.Y.C.M./D.A.M.
EXP. N° 7237-06
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