REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas; 4 de agosto de 2006
196º y 147º


Visto el escrito presentado por el Abogado CARLOS EDUARDO BACHRICH NAGY, venezolano, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad de caracas y titular de la cédula de identidad Nº V-7.027.632 debidamente inscrito en el IPSA bajo el Nº 24.122, procediendo en su carácter de Apoderado Judicial del demandado y citante en saneamiento JHON R. PATE, por el cual solicita a este Tribunal de Control se libre oficio con carácter de urgencia al Banco Mercantil, Interbank y Corp Bank en la dirección señalada en su escrito, quien decide observa que los referidos oficios fueron remitidos en su debida oportunidad a las Agencias Principales; toda vez que de la revisión efectuada a las presentes actuaciones no se evidenciaba dirección alguna, ahora bien por cuanto, en esta misma fecha el representante judicial del demandado y citante en saneamiento ha señalado expresamente la dirección de las agencias bancarias, quien decide considera procedente librar los respectivos oficios a las direcciones indicadas.

En relación a la dirección indicada por el Apoderado Judicial del ciudadano JHON RALSTON PATE, tanto del Intimante como de los citados en saneamiento, este Tribunal debe señalar que las Boletas respectivas fueron libradas a los mismos a sus respectivos domicilios procesales cursantes a los autos.

Ahora bien por cuanto este tribunal de Control en el auto de admisión de los medios probatorios de fecha 2 de agosto de 2006, omitió involuntariamente indicar la oportunidad para que el Intimado JHON RALSTON PATE absuelva las posiciones juradas, este Tribunal a los fines de garantizar la realización del acto en comento, fija para las 9:30, 10:30 y 11:30 de la mañana, así como a la 1:30, 2:30 y 3:30 de la tarde del tercer día siguiente a la constancia en autos de la efectiva citación de los Intimantes y citados en saneamiento la oportunidad para que el ciudadano JHON RALSTON PATE, proceda a absolver recíprocamente las posiciones juradas a AUGUSTO MATHEUS PINTO, JOSE GARCIA GUEVARA, NELSON RAMIZ, HAYDELEN EMILIA VELASQUEZ MORALES DE RAMIZ, CORPORACION ALAS DE VEENZUELA, C.A y AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A

Diarìcese el presente auto. CÚMPLASE
LA JUEZA

YRIS YELITZA CABRERA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA

ABG. DOROTHY AVILES MAUQUER
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

LA SECRETARIA

ABG. DOROTHY AVILES MAUQUER