REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO QUINTO DE EJECUCION

Caracas, 03 de Agosto de 2.006
196° y 147°

Visto que para esta misma fecha se encontraba fijada la Audiencia de Revisión de la Medida de Reglas de Conducta de conformidad con lo establecido en el Artículo 647 Literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en la causa relativa al Joven Adulto (IDENTIDAD OMITIDA), no haciendo acto de presencia el mismo, igualmente, visto que en fecha 31/07/2.006 se recibió Oficio N° 645-06 de fecha 25/07/06 procedente del C.A.C. "Pablo Herrera Campins" de la Entidad de Atención Integral Ambulatoria al Adolescente No Privado de Libertad mediante el cual informan de la inasistencia por el tiempo de Un (01) Mes y Dieciocho (18) Días ante dicha entidad, es por lo que en consecuencia este Tribunal acuerda DEJAR SIN EFECTO la mencionada audiencia y en su lugar ordena FIJAR la Audiencia para Oír al Sancionado de conformidad con lo establecido en el Artículo 542 Ejusdem, para realizarla el día MIÉRCOLES 30/08/2.006 a las 09:30 A.M., dejándose constancia por Secretaría de la comparecencia de la Fiscal 117° del Ministerio Público ABG. CARMEN DI MURO y la Defensa Pública Penal de Adolescentes N° 1 ABG. ANNERY AVILÉS. Líbrense las correspondientes Boletas de Notificación y Boleta de Citación. Cúmplase.-
LA JUEZA,


DRA. MORELYS CARABALLO VILLARROEL

LA SECRETARIA,


ABG. RACLENYS TOVAR

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,


ABG. RACLENYS TOVAR
MCV/RT.-
EXP. N°: 5E-287-2.005.-