REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, uno de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: AP21-L-2005-003243 ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2005-003243
PARTE ACTORA: VALLE TERESA BOMPART HERNANDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOHANNA PEDROSO MAESTRACCI
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS E INSULARES (INEA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ VALERIANO MONTILLA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 01 de Agosto de 2006 siendo las 3:00 p.m. día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos JOHANNA PEDROSO MAESTRACCI, inscrita en el IPSA bajo el Nº 54.065, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, Asimismo comparece la parte demandada, INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS E INSULARES (INEA) debidamente representada por JOSÉ VALERIANO MONTILLA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 48.895, , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Primero: La representación judicial de la parte actora antes identificada reclama en su escrito libelar que encabeza el presente expediente la cantidad de Bs.134.000.000,00 aproximadamente, por todos los conceptos detallados en el libelo y que aquí damos por reproducidos: Segundo: por su parte la representación judicial de la parte demandada antes identificada. Niega que le adeude el monto demandado en el libelo toda vez que alega que el demandante es un trabajador de dirección. Tercero: Por su parte la representación de la demandante acepta el alegato de la demandada. Cuarto Ambas partes con la finalidad de dar por terminado el presente expediente han decidido transar la presente causa por la cantidad de Bs. 37.828.855,00., por todos los conceptos detallados en la transacción y liquidación que anexan para que forme parte integrante del presente acuerdo. Asimismo la representación judicial de la parte actora antes identificada solicita al tribunal la autorización respectiva para movilizar la cuenta de ahorro aperturada a favor de la reclamante VALLE TERESA BOMPART, en virtud de la acumulación acordada por el Juzgado 7 de S.M Y E de este Circuito Judicial. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada Asimismo se deja constancia que la Jueza le devolvió a las partes las pruebas presentadas al inicio de la Audiencia Preliminar.. Igualmente vista la solicitud formulada por la representación judicial de la parte actora, este Juzgado acuerda de conformidad y en consecuencia ordena librar oficio a la oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial a los fines que le sea entregada la libreta de ahorro a la trabajadora

La Jueza


Abg. Vilma Leal.

La Apoderada Judicial de la Parte Actora.


El Apoderado Judicial de la Parte Demandada.

La Secretaria.

Abg. Ibraisa Plasencia.

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”