ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-001843
PARTE ACTORA: CESAR ARTURO ARISTIGUETA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: William González
PARTE DEMANDADA: CARPINTERIA Y METALURGICA INDUSTRIAL ALBERT C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Edgardo Yépez
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 10 de Agosto de 2006, siendo las 3 PM, día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos CESAR ARTURO ARISTIGUETA, titular de la Cedula de Identidad N° V-6.015.589, Parte actora, representado judicialmente por el Abogado William González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.600 y Cenen Guerra, titular de la Cedula de Identidad N° V-6.299.543, representante legal de la demandada, CARPINTERIA Y METALURGICA INDUSTRIAL ALBERT, C.A., asistido en este acto por la Abogada Carmen Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 82.300, dándose así inicio a la audiencia. Las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: La parte demandada, a los efectos de terminar con este proceso acepta pagar a la actora la cantidad de Bs. 2.500.000,oo, que comprende los conceptos de Prestación de Antigüedad, intereses sobre la Prestación de antigüedad, Bono Vacacional, Vacaciones, Utilidades, Indemnización sustitutiva de preaviso, indemnización por despido injustificado, intereses de mora y corrección monetaria, los cuales paga en este acto mediante cheque N° 79993974, librado contra el Banco Federal, a nombre de Cesar Arturo Aristigueta. La parte actora, a los efectos de terminar con este proceso, acepta el pago ofrecido por la demandada y declara que con este pago nada más se le adeuda por los conceptos demandados, ni por ningún otro, derivado de la relación de trabajo que le unió con, CARPINTERIA Y METALURGICA INDUSTRIAL ALBERT, C.A. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
El Juez
El Secretario
Abog. Estela Romero
Abog. Daniela Gonzalez
Los Presentes
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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