ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-002430
PARTE ACTORA: JEANPIERR ADRIAN SANTANA ANDRADE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NORY YAGUARAMAY
PARTE DEMANDADA: LATELE TELEVISIÓN C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MIGMARY MORA
MOTIVO: PRESTACIONE SOCIALES
En el día hábil de hoy,4 de Agosto de 2006, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen las ciudadanas NORY YAGUARAMAY, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 83.471, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, por una parte y por la otra, MIGMARY MORA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 51.500, en su carácter de apoderad judicial de la demandada según consta en instrumento poder que consigna en este acto en copia simple previa confrontación con su original, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:
La parte demandada conviene en el pago de la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL CATORCE BOLÍVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 2.533.014,34), cantidad esta señalada en el escrito libelar que cubre todos y cada uno de los conceptos demandados, por lo que el actor no le queda nada mas que reclamar ni por estos ni por ningún otro concepto derivado de la relación de trabajo. Dicha cantidad será cancela por ante la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Judicial el día 16 de octubre de 2006.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
El Juez
El Secretario
Abog. Katiuska Villalba Sira
Abog. Dioni Morales Nuñez
Los Presentes
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