REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: AP21-L-2006-001090
Vista la diligencia presentada por el ciudadano Luis Odon C.I. 2.083.498 asistido por la Abogada Maria Solórzano IPSA No. 52.054 en su carácter de parte demandada, y por la otra el Abogado Elio César Burguesa IPSA No. 104.733 en su condición de parte actora, mediante la cual consignan escrito de transacción, así como copia simple de los pagos recibidos por la parte actora, en consecuencia éste juzgado HOMOLOGA la transacción, en los términos establecidos en la misma, salvo en la cláusula cuarta, donde indica que la trabajadora desiste de la acción, siendo contrario a derecho, en virtud de que son derechos irrenunciables del trabajador. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente.-
La Jueza
La Secretaria
Abg. Orlando Antonio Magallanes
Abg. Norialy Romero
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”