REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Sala de Juicio N° I
Caracas, 14 de agosto de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-009612
Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por la ciudadana YUSMELY USCATEGUI GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.725.019, en representación legal de su hijo (x) de nueve (09) años de edad, quien se encuentra asistido por el abogado EVERT MOROS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.96.594, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC, al mencionado niño; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y visto asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por la ciudadana ALEJANDRA DEL CARMEN RINALDI MORILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-14.750.434, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC del niño(x) de nueve (09) años de edad. Expídanse por secretaría las copias certificadas necesarias, se ordena oficiar a la oficina de atención al público, a fin de que se sirva entregar a la parte interesada las copias certificadas respectivas. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ DE LA SALA


DRA. AGUEDA DOMINGUEZ
LA SECRETARIA


ABG. ADRIANA MIRELES