REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, tres (3) de agosto de dos mil seis (2006)
196º y 147º

Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley de Estatuto de la Función Pública. Este juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR, el recurso interpuesto por el abogado PITTER ARENCIBIA RAMÍREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 69.917, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ESPINOZA MARQUEZ JESÚS SANTIAGO, portador de la cédula de identidad Nro. 1.177.809, mediante la cual solicita el ajuste de jubilación a la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas.
EL JUEZ

JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
LA SECRETARIA

MARÍA LUISA RANGEL


EXP. 06-1426/mpb