REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
196º y 147º.
Vista la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana AIXA MARGARITA SUAREZ, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.972.827, debidamente asistida por el abogado HAROLD VELASQUEZ CARREÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.497 abogado de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita de la Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio del Interior y Justicia y habiendo cumplido con los trámites respectivos con el llamado a terceros que pudieran tener intereses en la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a este Tribunal dictar sentencia y en tal sentido observa:
La solicitante, en su escrito presentado manifiesta que en su Acta de Nacimiento signada con el N° 2297, Folio 150 Vto, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal, aparece como fecha de su nacimiento Veintinueve de Febrero de mil novecientos cincuenta (29-02-50) cuando en realidad nació el día VEINTIDOS DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA (22-02-1950); consigna como prueba de lo alegado, copia certificada del Acta de Nacimiento, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal y Testimonio de Nacimiento y Bautismo emanada de la Arquidiócesis de Caracas.-
En este orden de ideas resulta claro para este sentenciador que efectivamente la respectiva Acta de Nacimiento, amerita rectificación.-
Por consiguiente, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la RACTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana AIXA MARGARITA SUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.972.827, y por ende donde identificaron a la ciudadana AIXA MARGARITA SUAREZ, que colocaron: “nacida el día VEINTINUEVE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA”.- Debe colocarse “nacida el día VEINTIDOS DE FEBRERO DE 1950.”- Y ASI SE DECLARA.-
En consecuencia remítase por medio de oficios copias certificadas de la solicitud y de esta sentencia a las autoridades competentes, para que conforme a lo establecido 773 de Código de Procedimiento Civil se estampe la nota marginal correspondiente.-
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia
en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.- En Caracas, a los Once (11) días del mes de Agosto del dos mil seis (2006).- Años 196º.- y 147º.-
LA JUEZ TITULAR
Abg. LISBETH SEGOVIA PETIT
LA SECRETARIA,
Abg. LISRAYLI CORREA TORTOZA
En la misma fecha siendo las Dos y Treinta (2:30 p.m.) de la tarde, se registró y publicó la anterior sentencia y se libraron oficios Nros. 2006-2037 y 2006-2038.-
LA SECRETARIA
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