REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.
196° Y 147°

EXP. N° 23.158.-
SOLICITANTE: SOTERA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V.- 6.268.727.-

APODERADOS JUDICIAL DE LA PARTE SOLICITANTE: CARMEN FERREIRA FARRIA y MANUEL DE ABREU, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 40.498 y 63.779.-

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION.

-I-
Se inicia la presente solicitud incoada por la ciudadana SOTERA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° 6.268.727 asistida en este acto por los abogados CARMEN FERREIRA FARRIA y MANUEL DE ABREU, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 40.498 y 63.779, por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de enero de 2006, mediante la cual solicita que se ordene la Rectificación del Acta de Defunción, de N° 1, la cual corre inserta en los Libros de Registro de la Jefatura Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano, en fecha 1 de diciembre de 2004 y manifestando la solicitante en su libelo, que en la mencionada Acta de Defuncion, se cometieron los siguientes errores: Primero. En donde dice: “…MANUEL MACEDO FERNANDEZ...”, debe decir “...MANUEL MACEDO FERNANDES...”, Segundo. …En la referida acta de defunción aparece como fecha de fallecimiento de: MANUEL MACEDO FERNANDES, como PRIMERO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL CUATRO… SIENDO LA FECHA CORRECTA EL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.
Tercero. En donde dice: “…Los nombres y apellidos de los padres de MANUEL MACEDO FERNANDES, como JUAN FERNANDEZ y como nombre y apellido de la madre SE DESCONOCEN DATOS DE LA MEADRE…” debe decir “… los nombres y apellido de los padres de MANUEL MACEDO FERNANDES, son JOAO FERNANDES y CARLOTA DA CONCEICAO DE MACEDO…” Cuarto. En donde dice: “…NATURAL DE PORTUGAL…” debe decir “…SITIO DA ACHADA de la Parroquia de Ribeira Brava, Isla de Madeira, Portugal…”. Quinto. Como ultimo domicilio de MANUEL MACEDO FERNANDES. Avenida Universitaria de Caracas; Edificio San Miguel Arcángel, Piso 3, Apto 16, siendo esta incorrecta ya que la correcta es: Avenida Universitaria, Edificio San Miguel Arcángel, Piso 3 Apartamento 16, Urbanización Los Chaguaramos, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital.

Por auto de fecha 21 de abril de 2006, se admitió dicha solicitud de Rectificación de Acta de Defunción del ciudadano MANUEL MACEDO FERNANDES presentada por la ciudadana SOTERA HERNANDEZ, viuda mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro 6.268.727, ordenando la notificación al Fiscal del Ministerio Público y el emplazamiento mediante cartel a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos, a los fines de exponer lo conducente con relación a la presente solicitud, dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a la publicación y consignación en el expediente del Cartel que se acordó librar. Asimismo se ordenó la Notificación del Fiscal del Ministerio Público mediante boleta y anexar a las mismas copias certificadas de la solicitud y del auto de admisión de la solicitud. En esta misma fecha se libró boleta de notificación y cartel de emplazamiento.
En fecha 25 de abril de 2006 por medidio de diligencia el abogado MUNUEL DE ABREU, en su carácter de apoderado judicial de la parte solicitante, retiró el cartel de emplazamiento a los fines de su publicación en el diario “Ultimas Noticias”.
Posteriormente en fecha 30 de mayo del año 2.006, la abogado CARMEN FERREIRA FARIA, antes identificada, consignó en autos, cartel de emplazamiento, el cual fue publicado en el diario “Ultimas Noticias” en fecha 25 de mayo de 2.006, a los fines legales consiguientes.
El día 15 de junio de 2006, compareció el Alguacil Javier Rojas, y consignó boleta de notificación del Fiscal del Ministerio Público, el cual fue recibido en la Fiscalía Centésima (100°) del Ministerio Público.
LLEGADA LA OPORTUNIDAD PARA DECIDIR, ESTE TRIBUNAL LO HACE BAJO LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES:
Como prueba de lo alegado por la ciudadana SOTERA HERNANDEZ, antes identificada, acompaño su escrito, Acta de Defuncion a corregir, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano, copia fotostática de su cédula de identidad así como Acta de defunción del Padre y de la Madre del de cujus. Igualmente observa este Juzgado que transcurrió el lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la consignación del cartel de emplazamiento sin que hubiese comparecido persona alguna para hacer valer sus derechos e intereses en la precitada solicitud y por cuanto consta en autos que la representación del Ministerio Público no hizo objeción alguna a la presente solicitud y siendo que la materia de registro civil está estrechamente ligada al orden público, toda vez que de su estabilidad dependen los derechos primordiales de la vida de las personas naturales, este Tribunal, declara Con Lugar la Rectificación solicitada. Y así se declara.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud efectuada por la ciudadana SOTERA HERNANDEZ, antes identificada. En consecuencia ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano MANUEL MACEDO FERNANDES; Primero. En donde dice: “…MANUEL MACEDO FERNANDEZ...”, debe decir “...MANUEL MACEDO FERNANDES...”, Segundo. …En la referida acta de defunción aparece como fecha de fallecimiento de: MANUEL MACEDO FERNANDES, como PRIMERO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL CUATRO… SIENDO LA FECHA CORRECTA EL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.
Tercero. En donde dice: “…Los nombres y apellidos de los padres de MANUEL MACEDO FERNANDES, como JUAN FERNANDEZ y como nombre y apellido de la madre SE DESCONOCEN DATOS DE LA MEADRE…” debe decir “… los nombres y apellido de los padres de MANUEL MACEDO FERNANDES, son JOAO FERNANDES y CARLOTA DA CONCEICAO DE MACEDO…” Cuarto. En donde dice: “…NATURAL DE PORTUGAL…” debe decir “…SITIO DA ACHADA de la Parroquia de Ribeira Brava, Isla de Madeira, Portugal…”. Quinto. Como ultimo domicilio de MANUEL MACEDO FERNANDES. Avenida Universitaria de Caracas; Edificio San Miguel Arcángel, Piso 3, Apto 16, siendo esta incorrecta ya que la correcta es: Avenida Universitaria, Edificio San Miguel Arcángel, Piso 3 Apartamento 16, Urbanización Los Chaguaramos, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Remítase adjunto a oficio copias certificadas de la decisión a la Jefatura Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Libertador del Distrito Capital, para que conforme a lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 502 del Código Civil, se estampen las notas correspondientes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sala de este Despacho a los ( 10 ) días del mes de Agosto de 2.006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
EL SECRETARIO,

JOSE OMAR GONZALEZ.
En esta misma fecha, siendo las 10:30. a.m., se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO,
JOSE OMAR GONZALEZ.-
EBG/JOG/Juan.-
EXP. N° 23.158.-