REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 10 de agosto de 2006
196º y 147º
Vista la diligencia de fecha 08 de agosto de 2006, suscrita por ANTONIO CASTILLO CHAVEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consigna la fianza judicial solicitada y se le decrete medida de secuestro, este Tribunal a los fines de proveer observa: Vista la fianza consignada emitida por la Compañía de Seguros “SEGUROS ALTAMIRA.” hasta por la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 43.146.742,05) debidamente notariada, este Tribunal por cuanto observa que la fianza presentada es suficiente y reúne la totalidad de los requisitos contenidos en el artículo 590 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la misma es emanada de una empresa de seguros, este Tribunal en aras de preservar el derecho a la defensa y la seguridad del las partes, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 589 Ejusdem.. En consecuencia y conforme con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Reserva de Dominio, este Tribunal DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO sobre el siguiente bien mueble que se transcribe a continuación: “ UN VEHICULO MARCA: CHEVROLET; MODELO: CORSA; TIPO: COUPE; AÑO: 2004; COLOR: PLATEADO; USO: PARTICULAR; SERIAL DE CARROCERIA: 8Z1SC21Z14V331032. SERIAL DEL MOTOR: 14V331032. PLACAS: EAM 95T;”. Que se designa como depositaria a la parte actora GENERAL MOTORS ACCEPTANCE CORPORATION DE VENEZUELA, C.A,. Por consiguiente, se acuerda oficiar a la Dirección Nacional de Tránsito Terrestre del Distrito Capital, a los fines de que procedan a la detención del vehículo identificado ut-supra. Igualmente a los fines de la práctica de la Medida se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.- Librese oficio y despacho.-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO ACC.,

ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.-
JOSE OMAR GONZALEZ.-
EBG*JOG*Sonia.-
Exp. Nº 23205
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
EL SECRETARIO ACC.,