REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Sentencia Definitiva
Expediente N° S-3089
PARTE SOLICITANTE: MARIA ROSA COLACCICO RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.608.691.
APODERADA JUDICIAL: YNÉS MARÍA MEZA, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.255.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
Conoce este órgano jurisdiccional del escrito presentado por la ciudadana MARIA ROSA COLACCICO RODRIGUEZ, debidamente asistida por la abogada YNÉS MARÍA MEZA, en donde solicita la rectificación de su Acta de Nacimiento, acta llevadas por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Federal, bajo el número 3421, de los libros de Registro Civil de Nacimientos del año 1.958, y por cuanto en la misma se asentó erróneamente que su madre es la ciudadana ROSARIO RODRIGUEZ DE ENZINA, siendo esto incorrecto por cuanto omitieron colocar el primer nombre de su madre y cuando lo correcto es MATILDE DEL ROSARIO RODRIGUEZ DE ENSINA, tal como se evidencia en la Cédula de Identidad de la ciudadana supra mencionada este Tribunal observa:
Por medio de auto de fecha 30 de Octubre de 2.003, este Juzgado admite la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público y a las buenas costumbre, ordenándose el emplazamiento por medio de edicto a todas aquellas personas contra quienes pudiera obra dicha rectificación, no compareciendo ninguna persona a manifestar tener interés sobre dicha solicitud.- asimismo se ordeno libara boleta de notificación al fiscal de ministerio publico.-
En fecha 16 de marzo de 2.004, compareció por ante este Juzgado la ciudadana YNÉS MARÍA MEZA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte solicitante por medio de la cual consigna el edicto publicado en la prensa y solicita se libre la respectiva Boleta de Notificación.-
En fecha 21 de abril de 2.004, este juzgado libró la respectiva Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público; notificándose en fecha 17 de mayo de 2.004, por el ciudadano RAMÓN ANTONIO CARRERO REY, actuando en su carácter de alguacil de este juzgado.
En fecha 20 de mayo del 2004, compareció por ante este Juzgado la ciudadana CELIA VIRGINIA MENDOZA RODRIGUEZ, quien actúa en su condición de Fiscal Centésima Quinta de Protección del Niño el Adolescente y la Familia de esta Circunscripción Judicial, por medio de la cual solicita se libre oficio a la Dirección de Identificación y Extranjería a los fines de solicitar los datos Filiatorios de la ciudadana MATILDE DEL ROSARIO RODRIGUEZ DE ENSINA, madre de la solicitante ciudadana MARIA ROSA COLACCICO RODRIGUEZ.-
En fecha 01 de junio de 2.004, este juzgado en cumplimiento a lo requerido por la ciudadana CELIA VIRGINIA MENDOZA RODRIGUEZ, actuado en su condición de Fiscal Centésima Quinta de Protección del Niño el Adolescente y la Familia de esta Circunscripción Judicial, ordena librar oficio a la Dirección de Identificación y Extranjería a los fines de solicitar los datos Filiatorios de la ciudadana MATILDE DEL ROSARIO DE ENSINA.
En fecha 16 de noviembre de 2.004, el ciudadano RAMÓN CARRERO REY, en su condición de Alguacil de este juzgado deja expresa constancia de haber llevado el oficio a la Dirección de Identificación y Extranjería.
En fecha 27 de octubre de 2.005, este juzgado agrega a los autos las resultas provenientes de la Dirección de Identificación y Extranjería con los datos Filiatorios de la ciudadana MATILDE DEL ROSARIO DE ENSINA.
En fecha 17 de noviembre del 2005, compareció la ciudadana MARIA ROSA COLACCICO RODRIGUEZ, debidamente asistida de abogado, quien solicitó que se dictara sentencia en la presente solicitud.-
Para sentenciar esta Juzgadora observa:
Quien aquí sentencia considera que la solicitante consignó a los autos pruebas suficientes para demostrar que ciertamente la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), si incurrió en el error material al omitir señalar los nombre y apellidos completo de la madre de la solicitante colocando ROSARIO RODRIGUEZ DE ENZINA, cuando lo correcto es MATILDE DEL ROSARIO RODRIGUEZ DE ENSINA, por cuanto se evidencia de los Datos Filiatorios expedidos por la Dirección de Identificación y Extranjería y de la cédula de identidad de la ciudadana MATILDE DEL ROSARIO RODRIGUEZ DE ENSINA, en consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y a tenor de los establecido en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación del acta de Nacimiento de la ciudadana MARIA ROSA COLACCICO RODRIGUEZ, en consecuencia ordena oficiar a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Federal y al Registro Principal del Distrito Capital, a fin de que proceda a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error donde dice: ROSARIO RODRIGUEZ DE ENZINA deberá decir: MATILDE DEL ROSARIO RODRIGUEZ DE ENSINA.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Regístrese, publíquese y notifíquese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los ________días del mes de Agosto de dos mil seis.- Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZ

DRA. ANGELINA M. GARCIA HERNANDEZ
LA SECRETARIA Acc

KELYN CONTRERAS
En la misma fecha anterior, _______ de Agosto de 2.006, previo el anuncio de ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo la una de la tarde (1:00 p.m.).-
LA SECRETARIA Acc

KELYN CONTRERAS

Exp N° S-3089
AMGH/KC/Lizmaika