REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas,_____ de Agosto de 2006.
Años 196° y 147°
Vista la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos CARMEN TERESA SUAREZ DE TANCREDI y ANGEL DAVID GONZALEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-2.919.033 y V-15.992.167, quienes actúan en su carácter de presidente y vice-presidente respectivamente de la Empresa Mercantil HELADOS DIN DIN C.A.; y a los fines de dar pronunciamiento sobre la misma, este Tribunal observa:
Revisadas como han sido las actas del presente expediente se evidencia que los solicitantes no cumplieron con el requisito establecido en el artículo 4 de la Ley de Abogados el cual expresa lo siguiente: “Toda persona puede utilizar los órganos de la administración de justicia para la defensa de sus derechos e intereses. Sin embargo, quienes sin ser abogado deba estar en Juicio como actor, como demandado o cuando se trate de quien ejerza la representación de la Ley o en virtud de contrato, deberá nombrar abogado, para que la represente o asista en todo el proceso” (OMISIS);es decir, que los ciudadanos CARMEN TERESA SUAREZ DE TANCREDI y ANGEL DAVID GONZALEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-2.919.033 y V-15.992.167, quienes actúan en su carácter de presidente y vice-presidente respectivamente de la Empresa Mercantil HELADOS DIN DIN C.A., no se encuentran debidamente, tal y como lo exige la ley, asistidos de Abogado en el escrito de solicitud que estos presentan, este tribunal, en virtud de lo antes expuesto Niega la solicitud presentada por los ciudadanos CARMEN TERESA SUAREZ DE TANCREDI y ANGEL DAVID GONZALEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-2.919.033 y V-15.992.167, quienes actúan en su carácter de presidente y vice-presidente respectivamente de la Empresa Mercantil HELADOS DIN DIN C.A.. ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZ

Dra. ANGELINA GARCÍA HERNANDEZ LA SECRETARIA, Acc.

KELYN CONTRERA
Exp. N° T-7068
AGH/KC/Lizmaika