REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, ocho (08) de Agosto de dos mil seis (2006), siendo las 10:15 am, se constituye la Juez Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ciudadana Caribay Gauna y la Secretaria Accidental Dubraska Ibarreto, a fin de llevar a cabo la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con motivo del juicio que por conceptos derivados de la Ley Orgánica del Trabajo sigue Gisela Cárdenas De Romero contra Representaciones Odonto, C.A (Expediente de la Causa N° 12.322) y se trasladan en compañía del Apoderado Judicial de la parte actora Juan José Aponte, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.511, a la dirección por él aportada, siendo: Agencia del Banco de Venezuela, ubicada en la Mercedes, donde la ciudadana Juez es atendida por la ciudadana Adymar Espinoza Salom, portadora de la Cédula de Identidad N° 10.934.825, en su carácter de Gerente de dicha entidad, a quien se procede a notificar de la misión del Tribunal. En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: Señalo para ser embargada ejecutivamente la suma de once millones quinientos trece mil setecientos veinte bolívares con treinta y siete céntimos (Bs.11.513.720,32) de la cuenta corriente N° 4973518243”. Es todo. Seguidamente la notificada manifiesta que luego de verificar el sistema se observó que dicho número corresponde a Representaciones Odonto Orthoven, C.A. En este estado la Juez Ejecutora oído lo expuesto por la notificada se abstiene de llevar a cabo la práctica de la medida, por cuanto la titularidad de la cuenta señalada no corresponde a la denominación social de la persona jurídica demandada la cual es Representaciones Odonto C.A. Acto seguido el apoderado judicial de la parte actora, expone: “ Me reservo el derecho de verificar ante el Tribunal de la Causa, que es un simple cambio de denominación comercial y comprobaré que es la misma persona jurídica condenada en autos”. Es todo. Seguidamente la Juez Ejecutora concluye el acto y dispone su retiro a su sede siendo las 11:20 am.
La Juez,
Caribay Gauna
El Apoderado Actor
Juan José Aponte
La Notificada
Adymar Espinoza
La Secretaria Acc,
Dubraska Ibarreto
Exp N° 2418-06