REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, ocho (08) de Agosto del año dos mil seis (2.006), siendo las (9:00 am), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Aurimar Flores Madera, de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada Federica Alcalá; inscrita en el inpreabogado bajo el N° 101.708; y del funcionario de la Policía Metropolitana Cabo Primero 9114, Luis Gómez, cédula de identidad N° 11.485.540; adscrito a la Sub-Comisaría Chacao; en la siguiente dirección: Apartamento distinguido con el N° 51, piso 5 del Edificio denominado Cadore, situado en la Avenida San Juan Bosco de la Urbanización Altamira, Jurisdicción del Municipio Chacao del Distrito Capital; a objeto de practicar la medida de Secuestro, decretada y ordenada por el Juzgado Noveno de Municipio de ésta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por Resolución de Contrato, sigue Simona Da Vía de Paoletti, contra Manalys Carolina García España, expediente N° 06-3646.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley, sin ser atendido su llamado por persona alguna.- En éste estado la Apoderada Actora, expone: “Por cuanto no se no se encuentra persona alguna en el inmueble que permita su acceso, solicito del Tribunal, designe cerrajero para que abra las puertas a los fines de materializar la medida.” Es Todo.- Vista la solicitud el Tribunal designa cerrajero al ciudadano Vicenzo Routolo, Venezolano, mayor de edad, e identificado con la cédula de identidad N° 6.170.595; quien estando presente aceptó el cargo y presto juramento de ley; procediendo de seguidas a abrir las puertas del inmueble utilizando medios mecánicos para ello.- En éste estado se hace presente en el acto la ciudadana: Manalys Carolina del Valle García España, Venezolana, mayor de edad e identificada con la cédula de identidad N° 14.173.588; quien notificada de la misión del Tribunal, manifestó ocupar el apartamento N° 51, y que los pocos bienes muebles que le quedan en el inmueble lo trasladaría bajo su riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección: Casa N° 3, situada en la calle La Cancha, Urbanización Iberioaméricana, Kilometro 14, El Junquito, Municipio Libertador.- Acto seguido desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y persona, el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara Secuestrado el Apartamento distinguido con el N° 51, piso 5 del Edificio denominado Cadore, situado en la Avenida San Juan Bosco de la Urbanización Altamira, Municipio Chacao del Distrito Capital; y lo coloca en posesión de la Parte Actora, en la persona de su Apoderada Judicial, Abogada Federica Alcalá, antes identificada; Depositaria del inmueble designada por el Comitente, quién estándo presente aceptó conforme y prestó juramento de ley; tomándo posesión del inmueble, en nombre de su representada.- Cumplida la misión del Tribunal, acuerda dar por terminado el acto siendo las (1:15 p.m.) Termino; se leyó y conformes firman.
La Juez Titular
La Demandada

La Apoderada Actora El Cerrajero

El Funcionario de la P.M.
La Secretaria

Exp Int: 1596-06.
MCCM/AFM/Johnny.