REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA UNIPERSONAL No. 2 Temporal
Guanare, 18 de diciembre de 2006
196º y 147º

Vista la solicitud formulada por la ciudadana LESBIA JOSEFINA TORRES DE HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.405.470, de este domicilio, actuando en nombre y representación de sus hijos, el niño *******************, debidamente asistida por la abogada AÍDA BRICEÑO RONDÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 8.132.354, Defensora Pública para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, donde solicita de este Tribunal AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA GESTIONAR EL COBRO DE DINERO, en nombre del referido niño y adolescente, el Seguro Colectivo de Vida, de la Empresa Eleoccidente, en razón de la muerte del ciudadano JOSÉ RAÚL TORRES SANTIAGO, de quien el mencionado niño y adolescente son coherederos, y siendo evidente que ellos tienen la cualidad que se señala dada la condición de nietos del causante, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana LESBIA JOSEFINA TORRES DE HERNÁNDEZ, identificada anteriormente, para que en nombre de sus hijos ********************, gestione el cobro de dinero por los expresados conceptos, en la Empresa Eleoccidente. Se advierte que cualquier cantidad de dinero que pueda corresponderle al mencionado niño y adolescente debe ser remitida mediante cheque a este Tribunal. Expídase por secretaria copias certificadas de la presente decisión.-

La Jueza Temporal,



Abog. Thayrhayr Sáez de Oliveros.

La Secretaria,

Abog. Florbelia Urquiola Corona.
Sol. No. 1680
TSdO/FUC/Oswaldo H.-