JUZGADO CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

196° y 147°

ACTA DE AUDIENCIA


En el día de hoy, miércoles trece (13) de diciembre de 2006, siendo las 2:30 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la AUDIENCIA ORAL en el presente asunto, se anunció dicho acto a las puertas de la Sala de Espera del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Seguidamente, el Juez declaró iniciada la audiencia solicitando a la ciudadana Secretaria que informara sobre el motivo de dicho acto, quien manifestó a viva voz que el mismo se encuentra circunscrito al recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Daniel Villegas, en su carácter de parte actora, asistido por la abogada Arminda Álvarez, contra la decisión de fecha 31 de octubre de 2006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio por calificación de despido seguido por el ciudadano Daniel Villegas contra Corporación Venezolana de Televisión, C. A. (Venevisión), partes identificadas a los autos. Solicitó igualmente el Juez a la Secretaria, informara sobre la comparecencia de las partes ante lo cual señaló que, anunciado como fue el acto en la Sala de espera destinada a las audiencias fijadas para el día de hoy compareció el ciudadano Daniel Villegas, titular de la cédula de identidad N° 6.079.891, en su carácter de parte actora, asistido por los abogados Freddy Rodríguez y Arminda Alvarez, inscritos en Inpreabogado bajo los Nros.69.366 y 68.031, respectivamente. Asimismo compareció el abogado Rafael Ortega, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 64.518, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada. Seguidamente, se concedió a las partes un tiempo de diez minutos a los fines exponer los fundamentos y defensas del recurso intentado. El abogado asistente de la parte actora expuso que va a convenir con el monto ofrecido en este acto por la parte demandada. La parte demandada expuso que reconoce lo injustificado del despido y reitera la persistencia en el despido ofreciendo la cantidad de Bs. 6.665.046,53, que incluye prestaciones sociales y salarios caídos por treinta días. El trabajador, presente en la audiencia oral y debidamente asistido de abogado, al ser interrogado por el juez manifestó estar de acuerdo con la transacción. Las partes en forma conjunta manifiestan al Tribunal que el cheque que exhibe la parte demandada caducó por lo que el pago efectivo se llevará a cabo el próximo lunes 18 de diciembre de 2006. El tribunal analizada la planilla que contiene los derechos contemplados en la transacción, observa que se ofrecen al trabajador todos los conceptos (preaviso e indemnización del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo; antigüedad del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo; vacaciones fraccionadas; bono vacacional fraccionado; intereses sobre prestaciones sociales; utilidades; antigüedad del parágrafo primero del artículo 108 ejusdem) que por Ley de corresponden, transando lo correspondiente los salarios caídos, por lo cual no se vulneran los derechos del trabajador y se pone fin al juicio, habida cuenta también que el presente pleito sube a esta alzada por incomparecencia del actor a la audiencia de juicio lo que equivale a desistimiento de la acción, por lo que se homologa conforme a derecho la presente transacción. Una vez el trabajador reciba el monto transado y homologado procederá a informar a este Circuito Judicial el cumplimiento de la presente transacción. Se acuerda agregar a los autos copia de la planilla de liquidación y de cheque a ser sustituido. Se deja expresa constancia que la presente audiencia es reproducida en forma audiovisual por una cámara de video marca SONY, modelo DCR TVR-22, Serial N° 498318 manipulada por el ciudadano Enrique Arveláiz, titular de la cédula de identidad N° 9.413.620, técnico adscrito al Departamento de Audiovisual. Por razones de seguridad, la cinta que contiene la reproducción del presente acto de audiencia oral, se deja en custodia del archivo audiovisual, departamento que deberá colocarla en un sobre precintado e identificando el casete con el número del expediente y el nombre de las partes. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ

JUAN GARCÍA VARA
LA SECRETARIA

DAYANA DÍAZ


PARTE ACTORA




ABOGADOS ASISTENTES DE
LA PARTE ACTORA RECURRENTE

APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE DEMANDADA


Asunto: AP21-R-2006-001188