N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-002151
PARTE ACTORA: MARTHA ALEJANDRA SCARPATI
PARTE DEMANDADA: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
(CORTE 1RA Y 2DA CONTENCIOSO ADMINSITRATIVO)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ADRIANA TAVARES
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy, veinte (20) de diciembre de dos mil seis (2006), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece a este acto la abogada ADRIANA TAVARES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 112.990, en representación de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, según se evidencia de sustitución que en copia certificada presenta en este acto a los fines de que sea insertado al expediente. Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana MARTHA ALEJANDRA SCARPATI, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. No hay condenatoria en costas. Años 147 ° y 196 °.
La Juez

El Secretario

Nereida Hernández González

Israel Ortiz Quevedo

Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.

El Secretario

Israel Ortiz Quevedo

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”