REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sala de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 12 de diciembre de 2006.
196º y 147º

ASUNTO: AP51-S-2001-000949
Visto el informe evolutivo integral que antecede, y las recomendaciones en el contenido, esta Sala de Juicio ratifica la Medida de Protección de Colocación en Entidad de Atención a favor de la adolescente XXXXXXXXXXXXXX, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que deberá continuar cumpliéndose en la Entidad de Atención Casa Hogar Santa María de la Caridad, la cual ejercerá la guarda, custodia, vigilancia, asistencia material, orientación moral y educativa del mismo, según lo establecido en los artículos 128, 358 y 396 ejusdem. Se ordena librar oficio a la referida entidad de atención, a los fines de comunicarle la anterior decisión.
LA JUEZ,


DRA. SONIA SERGENT DE RUADES.
EL SECRETARIO,


ABG. WILLIAN A. PAEZ J.-
AP51-S-2001-000949