REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Sala de Juicio IV
196° y 147°
Asunto: AP51-S-2005-008402
Motivo: Administración de Bienes
Solicitante: Henry Víctor Rondón Loreto, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad número V-3.658.373.
Apoderado Judicial: Rommy Hernández Báez, abogado en ejercicio, de éste domicilio e inscrita en Inpreabogado bajo el número 41473.
Niñas:.
Revisadas las Actas que conforman el presente asunto y vista la diligencia de fecha 23/11/06, por la cual el ciudadano Henry Víctor Rondón Loreto, supra identificado y por interpuesta abogada, donde manifiesta que desiste de la presente solicitud, se acuerda de conformidad. En consecuencia, esta Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el desistimiento y le da carácter de cosa juzgada. Expídase por Secretaria copias certificada de la diligencia con inserción del presente auto y entréguese a la parte interesada. Devuélvase documentos originales y se ordena el archivo del expediente.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil seis. Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez de Sala,
Emilio Ruiz Guía
El Secretario,
José Totesaut.
|