REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº VII. Caracas, 18 de Diciembre de 2006.
195º y 146º


ASUNTO: AP51-S-2006-022652

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, presentado por la ciudadana LINNE DEL VALLE SUCRE en su carácter de Fiscal centésima Segunda del Ministerio Público con competencia en el sistema de Protección del Niño, Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a solicitud de los Ciudadanos ALBERTO ANTONIO PARRA Y DORA JIMETT RAMIREZ LUCENA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 6.671.721 y V-10.869.052 respectivamente, a favor de las niñas ------- . SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO . En consecuencia, este Tribunal procede a HOMOLOGAR el presente CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Asimismo se acuerda oficiar a la Comandancia de la Aviación adscrito al Ministerio de la Defensa, a fin de participarle sobre el presente convenio suscrito por los mencionados Ciudadanos ; expídanse por secretaría las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguese a las partes interesadas, a fin de que surta sus efectos legales. Por último se acuerda la devolución de los originales, previa su certificación en autos de conformidad con lo establecido en el articulo 111 y 112 del código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente. Cúmplase.-
LA JUEZ,

Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA,

MARY ROMERO LUNA
















AP51-2006- 022652
aimarvalencia