REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Juez Unipersonal VII
Caracas, veintitrés de julio de dos mil siete
197º y 148º
ASUNTO : AP51-V-2006-003367
Vista el acta que antecede, mediante la cual el ciudadano FRANCISCO JOSE GONZALEZ ORTEGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro V- 6.309.520, parte demandante en el presente asunto, desiste de la presente demanda, manifestando que esta de acuerdo con el hecho de que la ciudadana NELIDA DAYANA JIMENEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 14.384.534, parte demandada, sea la guardadora de los niños de autos, y asimismo, vista la manifestación de aceptación por parte de prenombrada ciudadana, en lo señalado por el actor, esta Juez Unipersonal VII, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, le imparte su aprobación y lo da por consumado, en los mismos términos fines y condiciones en el establecido, conforme a lo pautado en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ
ABOG. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA
ABOG. CIOLIS MOJICA.