REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal VIII.
Caracas, catorce de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AP51-S-2006-021549
Vista la solicitud presentada por la ciudadana JOVANNA ALEJANDRINA DURAN OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 15.843.134, y de este domicilio, así como la aceptación y juramentación hecha por la ciudadana LESLIA COROMOTO OROZCO DE DURAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N°. V-6.120.035, como curador ad-hoc del niño ------------. Esta Sala de Juicio, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo; y por cuanto se han cumplido todas las formalidades previstas en el artículo 110 del Código Civil, devuélvanse en original la documentación a la parte interesada. Se insta al solicitante a consignar copia fotostática de la totalidad de las actuaciones que conforman el presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMÁN
LA SECRETARIA
ABG.GREYMA ONTIVEROS
AP51-S-2006-021549