BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 14 de diciembre de 2006.
Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.

Por recibida, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 12 de diciembre de 2006, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana BLANCA MARCANO MORALES, en su carácter de Fiscal 94° del Ministerio Público, mediante el cual remite convenio de Obligación Alimentaria celebrado por los ciudadanos MARISABEL SANCHEZ DE PEREZ y EDICSON RUBEN VALERA TOVA, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 6.292.734 y 11.678.630, respectivamente, en beneficio de la niña (...), de siete (7) años de edad respectivamente, y quienes acordaron en acta convenio de fecha 6 de diciembre de 2006, lo relativo a la Obligación Alimentaria, de los niños antes mencionados.