REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Visto el escrito de solicitud presentado por el ciudadano LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ TABARES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.507.269, debidamente asistido por la abogada GLORIA MARGARITA GUEVARA FUENTES, Fiscal Centésima Décima del Ministerio Público, mediante el cual solicita se le nombre Curador Ad-Hoc, a sus hijos ssssssssssssssssss, de diecisiete (17) y quince (15) años de edad, respectivamente;