REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Visto el escrito presentado por la abogada ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, Fiscal Centésima Octava del Ministerio Público, actuando en nombre y representación de los niños SSSSSSSSSSSSSSS, de seis (06) y cinco (05) años de edad, así como el acta convenio suscrito por los ciudadanos LEONEL ALBERTO ORTEGA VELASQUEZ e YUNEIDY SANABRIA OLIVEROS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad números 10.488.339 y 12.916.404, respectivamente, cursante en el folio cuatro (04) del presente expediente, relativo al Régimen de Visitas, a favor de los niños SSSSSSSSSSSSS; SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO.