REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Se da inicio a la presente solicitud mediante escrito presentado por el abogado JUAN MARIA PRADO HURTADO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el número 3.007, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MORAIMA ESMERALDA MANRIQUE CASTILLO, quien solicitó el divorcio según lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil Venezolano, alegando ruptura prolongada de la vida en común de su poderdante con el ciudadano DOUGLAS ANTONIO HOYO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 9.411.025, por más de cinco años, la cual fue posteriormente admitida y se ordenó en dicho acto la citación del prenombrado ciudadano, a los fines que compareciera a exponer lo que consideraba conducente en relación a la presente solicitud, y la notificación al representante del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial.
Mediante diligencia de fecha 25 julio de 2006, el alguacil de este Tribunal, ciudadano RAFAEL VALERA expuso que notificó al Representante del Ministerio Público. Posteriormente, el 14 de agosto del presente año, compareció la Dra. CECILIA VIRGINIA MENDOZA RODRIGUEZ, Fiscal Centésima Quinta del Ministerio Público, quién no formuló oposición a la solicitud.
En fecha 18 de septiembre de 2006, compareció el Alguacil ISAIAS AGUILAR, quine consignó boleta de citación debidamente practicada al ciudadano DOUGLAS ANTONIO HOYO.
Posteriormente, el 03 de noviembre compareció el ciudadano DOUGLAS ANTONIO HOYO, debidamente asistido por el abogado EUNICE FARRERA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el número 22.689, quien señaló que estaba de acuerdo con la presente solicitud, incoada por la ciudadana MORAIMA ESMERALDA MANRIQUE CASTILLO.
Ahora bien, visto que la solicitante acompañó a su escrito el Acta de Matrimonio, se cumplieron los lapsos legales y en general llenos los extremos de Ley, este Tribunal estando en la oportunidad para decidir, considera procedente la presente acción. Y ASI SE DECIDE.-