REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, catorce (14) de Diciembre de Dos Mil Seis (2006)
Años: 196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-021661
Vista la solicitud presentada por la ciudadana KALINKA CORBACHO MORENO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.250.847, debidamente asistida por el Abogado MANUEL BAQUERO MENDEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 118.790, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, la ciudadana MARIA ANGELES MORENO DE CORBACHO, Española, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº E-915.724, en beneficio del adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídanse copias certificadas de la solicitud con inserción del presente auto y entréguense a la solicitante.
EL(A) JUEZ(A)
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
EL(A) SECRETARIO(A)
ABG. IVÁN CEDEÑO
YCH/IC/ych.
Motivo: Curatela.
ASUNTO: AP51-S-2006-021661.-
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