REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintiséis (26) de diciembre de dos mil seis (2006).-
Años 196° y 147°.-
Visto el escrito libelar presentado por la ciudadana, CARMENZA OSPINA DE TAPIAS, colombiana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número E-81.384.425, quien se encontraba debidamente asistida por los ciudadanos DANIEL ROBERTO CORDOVEZ OSPINA y MARÍA EUGENIA LUQUE CEBRIÁN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 112.721 y 112.918, respectivamente, así como los recaudos acompañados y los alegatos esgrimidos en el mismo, en los cuales los solicitantes consideran vulnerados sus derechos constitucionales, el Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 27 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1° y 2° de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales ADMITE cuanto ha lugar en derecho la Acción de Amparo Constitucional propuesta ante este órgano jurisdiccional. En consecuencia, se ordena la notificación de los presuntos agraviantes, ciudadanos GIUSEPPE ENRICO MOCERINO GESUALDO y MARIA ANTONIETA MOCERINO GESUALDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 6.561.876 y 6.978.886, respectivamente, a los fines de que se sirva concurrir a este Juzgado, ubicado en el piso 7, Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, Caracas, Distrito Capital, a objeto de que tengan conocimiento sobre el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública en el presente Amparo Constitucional, la cual tendrá lugar tanto en su fijación como para su celebración, dentro de las NOVENTA Y SEIS (96) horas computadas a partir de la última notificación efectuada conforme a la sentencia N° 7, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional de fecha 01-02-2000, bajo la ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera. Notifíquese de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales al Ministerio Público, en la persona del Director en lo Constitucional y Contencioso Administrativo, según lo ordenado mediante oficio N° 46579 de fecha 17-10-2002, acompáñese a la misma copia certificada del escrito de la solicitud de amparo y del presente auto de admisión. Líbrese boleta de notificación y oficio, previo suministro de los fotostatos respectivos mediante diligencia, y hágase entrega de los mismos al ciudadano alguacil de este Tribunal, a objeto que se practique las diligencias correspondientes.
LA JUEZ
MARIA ROSA MARTINEZ CATALÁN
LA SECRETARIA,
NORKA COBIS RAMÍREZ
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